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Normativas de Industria Agroalimentaria Aceite de Oliva

Normativas de Industria Agroalimentaria Aceite de Oliva

24-04-2015
Objeto:

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio «Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2014-2015» en las categorías de producción convencional, grupos frutado verde dulce, frutado verde amargo y frutado maduro y producción ecológica, previsto en el capítulo III de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, modificada por las Órdenes ARM/2500/2011, de 13 de septiembre, y AAA/348/2013, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España.

El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de esta orden hasta el 17 de diciembre de 2014, incluido éste.

16-06-2014
Objeto:

Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma y de la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción del aceite de oliva, mejorar la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de investigación y desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante las campañas 2014/2015, 2015/2016, 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019.

31-01-2014
Objeto:

Una vez transmitida la solicitud de registro como Denominación de Origen Protegida para el aceite de oliva virgen Montes de Granada y aprobado el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Montes de Granada, por Orden de 5 de abril de 2001 (BOJA 28/04/2001), la Orden 30 de Mayo de 2001 ratifica esta última.

Objeto:

Se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para las industrias de obtención de aceite de oliva virgen extra, que se incorpora como Anexo de la presente Orden.

 

Este Reglamento define las prácticas de obtención de los aceites de oliva virgen extra, elaboración y envasado que, bajo la dirección de un servicio técnico competente conforme a los artículos 2.g) y 6.b) del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, modificado por el Decreto 7/2008, de 15 de enero, deben llevar a cabo las industrias en los procesos de obtención de aceite de oliva virgen extra para la utilización del Distintivo de Garantía de Producción Integrada de Andalucía.

 

La revisión de este Reglamento se realizará, al menos, cada cinco años. No obstante, la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente podrá añadir o modificar algunos aspectos de los mismos cuando exista una variación de la normativa aplicable o de las circunstancias del sector afectado y las condiciones técnicas así lo aconsejen.

 

Viernes, 29 de Marzo de 2024
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