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Normativas de Industria Agroalimentaria Otros

Normativas de Industria Agroalimentaria Otros

20-06-2015
Objeto:

Esta norma de calidad tiene por objeto definir lo que se entiende por miel y fijar las condiciones y características que debe cumplir dicho producto para su presentación, comercialización y consumo en el mercado interior.

05-06-2015
Objeto:

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio «Alimentos de España al Mejor Queso, año 2015» teniendo en cuenta las denominaciones de queso previstas en el anexo I del Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre, por el que se aprueban las normas de calidad para quesos y quesos fundidos elaborados en España.

Podrán participar en el concurso las empresas españolas elaboradoras de queso de alguna de las modalidades fijadas en la presente convocatoria.

17-03-2015
Objeto:

La Asociación del Gremio de Panaderos de Alfacar presentó, ante la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria de la Consejería de Agricultura y Pesca, una solicitud de inscripción en el registro comunitario de la Indicación Geográfica Protegida "Pan de Alfacar".

Por su parte, el Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas y la oposición a ellas, establece en su artículo 6.1 que una vez comprobada la solicitud de inscripción en el registro comunitario, el órgano competente de la Comunidad Autónoma publicará en el Boletín Oficial del Estado un anuncio de la solicitud correspondiente que incluya el Documento único previsto en el artículo 11 del Reglamento (CE) n.º 1898/2006 de la Comisión, de 14 de diciembre.

Orden de 6 de julio de 2011

Emitir decisión favorable para que la Indicación Geográfica Protegida «Pan de Alfacar» sea inscrita en el correspondiente Registro Comunitario y publicar, como Anexo a la presente Orden, el pliego de condiciones que deben cumplir el pan de la citada Indicación.

11-02-2015
Objeto:

El presente Reglamento establece las normas de definición, designación, presentación y etiquetado de bebidas espirituosas así como la protección de sus indicaciones geográficas.

El presente Reglamento se aplicará a todas las bebidas espirituosas comercializadas en la Comunidad, bien producidas en la Comunidad o bien en terceros países, así como a las que hayan sido producidas en la Comunidad para la exportación. El presente Reglamento se aplicará también a la utilización de alcohol etílico y/o destilados de origen agrícola en la producción de bebidas alcohólicas y a la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación y etiquetado de los productos alimenticios.

En casos excepcionales, cuando así lo requiera la legislación de un tercer país importador, podrá concederse una excepción con respecto a lo dispuesto en los anexos I y II del presente Reglamento con arreglo al procedimiento de reglamentación con control contemplado en el artículo 25, apartado 3.

06-02-2015
Objeto:

Hace referencia a los límites de las sustancias BADGE, BFDGE y NOGE que entren en contacto con alimentos. Recordando que NOGE no está permitido en España pero si en otros paises miembros de la Unión Europea.

22-01-2015
Objeto:

Se aprueba la extensión de norma, al conjunto del sector de la carne de caza silvestre, del acuerdo de la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, en adelante ASICCAZA, para realizar actividades de promoción del consumo, impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica, promover la calidad de los productos y mejorar la información y el conocimiento sobre las producciones y los mercados de la carne de caza, durante las temporadas cinegéticas 2014/2015, 2015/2016 y 2016/2017, con aportaciones económicas, para financiar las mismas, de los productores y operadores que operen en España.

12-01-2015
Objeto:

Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora y disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

16-12-2014
Objeto:

Ordenar la inscripción del citado acuerdo marco en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

10-12-2014
Objeto:

El aceite de chía (Salvia hispanica) puede comercializarse en la Unión como nuevo ingrediente alimentario para los usos definidos y en los niveles máximos establecidos en el anexo II, sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 2002/46/CE.

La denominación del aceite de chía autorizado por la presente Decisión en el etiquetado de los productos alimenticios que lo contengan será «aceite de chía (Salvia hispanica)».

02-07-2014
Objeto:

Emitir decisión favorable para que la Indicación Geográfica Protegida «Mojama de Barbate» sea inscrita en el correspondiente Registro Comunitario y publicar, como Anexo a la presente Orden, el pliego de condiciones que deben cumplir las mojamas de la citada Indicación.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, esta Orden será comunicada al Ministerio a los efectos de la transmisión de la solicitud de inscripción del pliego de condiciones a la Comisión Europea. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notificará al solicitante de la inscripción.

Contra la presente Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Protección Nacional Transitoria.

Conceder la protección nacional transitoria a la Indicación Geográfica Protegida «Mojama de Barbate» y a la Indicación Geográfica Protegida «Mojama de Isla Cristina», prevista en el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

Dicha protección cesará a partir de la fecha en que la Comisión Europea adopte una decisión sobre su inscripción en el registro.

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