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Normativas de Industria Agroalimentaria

Normativas de Industria Agroalimentaria

26-04-2012
Objeto:

Establecer las normas básicas de calidad para la elaboración y comercialización de los vinagres.

19-04-2012
Objeto:

Regular los aditivos alimentarios

12-04-2012
Objeto:

La presente Resolución tiene por objeto dictar directrices para armonizar, en el marco de la normativa mencionada anteriormente, la posibilidad de que en el etiquetado de los vinos generosos de licor con Denominación de Origen «Jerez-Xérès-Sherry» y «Montilla-Moriles», se haga referencia, en los términos que se indican a continuación, al término tradicional correspondiente al vino generoso que ha intervenido mayoritariamente en su elaboración.

 

20-03-2012
Objeto:

En el Reglamento (CE) 1019/2002 este reglamento se detallan aspectos concernientes a:

- Normas de comercialización que incluyen, en particular, normas específicas de etiquetado que completan las ya existentes.

- Disposiciones acerca de envases de capacidad superior, y de los reducidos y su sistema de cierre.

- Denominaciones obligatorias previstas para las diferentes categorías de aceite de oliva.

- Establecimiento de un régimen facultativo del origen del aceite de oliva virgen y virgen extra.

- Empleo de nombres de marcas, designaciones de origen a escala regional.

- Definiciones de los tipos de aceites, conceptos de presión en frío o extracción en frío, contenido de aceite de oliva en los alimentos, etc.

30-12-2011
Objeto:

Aprobar la guía del etiquetado facultativo de carne de cordero y cabrito, a los efectos previstos en la disposición transitoria única del Real Decreto 1703/2011, de 18 de noviembre de 2011, con el contenido previsto en el anexo. La guía será exigible para las solicitudes de subvenciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2012.

El objeto de esta guía es establecer las condiciones marco generales que permitan la aplicación del etiquetado facultativo por parte de los productores, dentro del Programa de mejora de la calidad regulada en el punto 5.1.d) del Real Decreto 1703/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las agrupaciones de productores en los sectores de ovino y caprino en el ejercicio 2012.

22-12-2011
Objeto:

La presente ley tiene por objeto:
a) La ordenación, en el marco de la normativa de la Unión Europea y del Estado, de la protección del origen y la calidad de los vinos de Andalucía y sus indicaciones y designaciones.

b) Fomentar la calidad de los vinos andaluces, especialmente de los vinos de calidad producidos en una región determinada.

c) Regular la información y promoción de los vinos que pueda llevar a cabo la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con la normativa aplicable.

d) Regular los órganos de gestión y de control de los vinos en Andalucía.

e) El establecimiento del régimen sancionador en la materia.

22-12-2011
Objeto:

Se ratifica la orden que aprueba el Reglamento elaborado por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Condado de Huelva para las Denominaciones de Condado de Huelva y Vinagre del Condado de Huelva, de acuerdo con la normativa a que deben ajustarse las Denominaciones de Origen y las Denominaciones de Origen calificadas de vinos y sus respectivos Reglamentos según la base legal que lo contempla.

22-12-2011
Objeto:

Mediante la presente norma se reconoce la mención del «Vino de Calidad de Lebrija» y se aprueba su Reglamento.

Los vinos originarios de la zona geográfica de Lebrija y El Cuervo de la provincia de Sevilla, que se ajusten y cumplan con los requisitos definidos en el Reglamento que se acompaña como Anexo a la presente Orden, podrán utilizar la mención «Vino de Calidad de Lebrija».

22-12-2011
Objeto:

- Los vinos originarios de la zona geográfica de la provincia de Granada, que se ajusten y cumplan con los requisitos definidos en el Anexo a la presente Orden, podrán utilizar la mención Vino de Calidad de «Granada».

- Autorizar a la «Asociación Vinos de Granada», como órgano de gestión del vino de calidad de «Granada», según lo establecido en el articulo 22 de la ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía.

- Para poder utilizar la mención Vino de Calidad de «Granada» los vinos deberán estar certificados por un Organismo de Certificación debidamente autorizado e inscrito en el registro de Entidades de Inspección y Certificación de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, según el articulo 29 de la ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía.

22-12-2011
Objeto:

La Orden de 8 de julio incorpora en la denominacion de origen a los municipios de Cortes de la Frontera y Cuevas de Becerro.
Asimismo se incluyen a Colombard y Petit Verdot entre las variedades cultivadas.

Una vez aprobado el Reglamento de las Denominaciones de Origen Málaga y Sierra de Málaga y de su Consejo Regulador por la Orden de 19 de diciembre de 2000 (BOJA), la ORDEN de 22 de noviembre de 2001 (BOE) ratifica dicho reglamento

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Viernes, 29 de Marzo de 2024
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