El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó en su edición del pasado sábado el Real Decreto 473/2015 [1], de 12 de junio, por el que se modifica la norma de calidad relativa a la miel en diferentes aspectos, entre ellos el etiquetado.
La nueva normativa establece que deberán mencionarse en la etiqueta, el país o los países de origen en que la miel haya sido recolectada. No obstante, según la nueva norma, en el caso de mezclas, si las mieles son originarias de más de un Estado miembro o tercer país, dicha mención podrá sustituirse, según proceda, por las denominaciones "mezcla de mieles originarias de la UE", "mezcla de mieles no originarias de la UE" o "mezcla de mieles originarias y no originarias de la UE".
También se dispone que no se podrá retirar de la miel el polen ni ningún otro de sus componentes específicos, excepto cuando resulte inevitable en el proceso de eliminación de materia orgánica o inorgánica ajena a ella.
Con la nueva normativa, España incorpora a la jurisprudencia nacional la Directiva 2014/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativa a la miel, cumpliendo los plazos marcados para su transposición.