Utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, en éste la producción apícola ecológica.
Colmenas.
Criterios de prioridad:
a) Agricultor a título principal.
b) Apicultor profesional.
c) Porcentaje de renta agraria.
Deberán cumplir los siguientes requisitos:
-No ser beneficiario, en la misma campaña, de las ayudas a la apicultura para la mejora de la biodiversidad en zonas frágiles (Medida 10 del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, regulado en la Orden de 5 de mayo de 2003).
- Titulares de explotaciones apícolas que posean más de 50 colmenas inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Apícolas, según la normativa vigente, a la entrada en vigor de la Resolución por la que se convoquen anualmente estas ayudas.
- El apicultor deberá contar con una superficie de pecoreo, de cultivo o pastizal ecológico de al menos una hectárea por colmena, calculándose la ayuda hasta un máximo computable de una hectárea por colmena.
- Los titulares deberán estar inscritos en un Órgano de control autorizado por la Consejería de Agricultura y Pesca y renovar anualmente dicha inscripción.
En caso de ser el primer año de inscripción, este certificado podrá sustituirse por la ficha de datos de la explotación.
Los nuevos solicitantes aportarán junto con la solicitud de ayuda, copia de la inscripción en el Organismo de control.
La Consejería de Agricultura y Pesca solicitará directamente al organismo de control, la presentación de la ficha de datos de la explotación o certificados anuales de producción ecológica, de los solicitantes de estas ayudas.
- Las superficies sobre las que se asienten las colmenas deben estar inscritas en el correspondiente organismo de control como ecológicas, y cumplir estrictamente con lo establecido en el Reglamento 2092/91 del Consejo, de 22 de julio sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios y con el Reglamento 1804/99 del Consejo, de 19 de julio de 1999, por el que se completa, para incluir las producciones animales, el Reglamento (CEE) núm. 2092/91.
Compromisos:
- Cumplir los compromisos establecidos respecto a la apicultura dentro del Reglamento 1804/99, sobre producción ganadera ecológica, para los nuevos inscritos.
- Elaborar un plan de conversión cuyo resultado será la obtención de la correspondiente Licencia por el organismo de control.
- Llevar una contabilidad adecuada y registro adecuados sobre materias primas adquiridas y productos que salgan de la explotación.
- Disponer de un certificado de conformidad emitido por el organismo de control correspondiente, donde se recoja el cumplimiento de los requisitos de producción ecológica por parte del beneficiario.
-Comercialización de la producción ecológica una vez superada la fase de reconversión; a estos efectos se requerirá la presentación de las facturas de venta donde deberá estar indicado que dicho producto es de producción ecológica.
- Mantener actualizado el Libro de Registro de la Explotación apícola según la normativa vigente.
- Mantener más de 50 colmenas, con una densidad de una colmena por hectárea.
Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo de 17 de mayo de 1999 sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos. (DOCE 160, 26-6-1999
RE(CE)1257-1999.pdf [1]
Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente. (BOE 12, 13-001-01)
RD2001-4.pdf [2]
Orden de 7 de junio de 2001, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente. (BOJA 69, 19-06-2001)
http://europa.eu.int/eur-lex/es/com/cnc/2001/com2001_0144es01.pdf [3]
Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común. (BOE 175, 23-07-2002)
ORD2001-7jun.pdf [4]
REAL DECRETO 172/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Común. (BOE 37, 12-02-2004).
RD2004-172.pdf [5]
Orden de 28 de enero de 2005, por la que se regulan determinados regímenes de ayudas comunitarias a la Agricultura para la campaña 2005/2006 (2.32 Mb).
ORD2005-117-149.pdf [6]
Orden de 31 de enero de 2005, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
ORD2005-22-57.pdf [7]
Resolución de 1 de febrero de 2005, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se convocan para la campaña 2005 las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
RES2005-58.pdf [8]
RESOLUCION de 30 de marzo de 2005, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se convocan para la campaña 2005 las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente que se citan.
RES2005-41.pdf [9]
Orden de 4 de abril de 2005, por la que se modifica la de 31 de enero de 2005, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
ORD2005-14-16.pdf [10]
Resolución de 9 de marzo de 2005, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se prorroga el plazo de presentaciónde las solicitudes correspondientes a determinados regímenes...
RES2005-28.pdf [11]
Corrección de errores de la Orden de 28 de enero de 2005.
COR2005-11.pdf [12]
REAL DECRETO 585/2006, de 12 de mayo, por el que se establecen criterios de reducción de las ayudas agroambientales y de la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas en función del grado de cumplimiento de las buenas prácticas agrarias habituales.
RD2006-585-19710-19715.pdf [13]
REAL DECRETO 1203/2006, de 20 de octubre, por el que se modifican los Reales Decretos 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas; 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente; 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas y 708/2002, de 19 de julio...
RD2006-1203-38846-38876.pdf [14]
Convocatoria anual, para el 2005 las solicitudes podrán presentarse hasta el 29 de abril de 2005.
23,74 €/ha.
Las solicitudes de ayuda, dirigidas al Director General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria (FAGA), se podrán presentar en las Delegaciones Provinciales de Agricultura y Pesca correspondientes, sin prejuicio de lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se procederá anualmente a la convocatoria pública de la ayuda.