Esta orden establece las bases reguladoras para la concesión de una ayuda a determinados cultivadores de tomates en la campaña 2007/08, de
acuerdo con lo dispuesto en el punto n.º 12 del documento 10771/07, de 15 de junio de 2007, del Consejo de la Unión Europea.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta orden, los agricultores que en la campaña 2007/08 hayan cultivado tomates en territorio español con destino a la elaboración de productos distintos de los «tomates pelados enteros» y que sean perceptores de la ayuda establecida en el artículo 4 del Reglamento (CE) 2201/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la Organización Común de Mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas, en adelante ayuda comunitaria.
ORDEN APA/2969/2007, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y la concesión de una ayuda a determinados cultivadores de tomates para transformación en la campaña 2007/2008.
ORD2007-2969-41797-41798.pdf [1]
REGLAMENTO (CE) Nº 104/2007 de la comisión de 2 de febrero de 2007 que fija el importe de la ayuda aplicable a los tomates destinados a la transformación en la campaña de comercialización 2007/08.
REG2007-104-10-11.pdf [2]
El presupuesto disponible por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es como máximo de 7,5 millones de euros.
La cuantía de la ayuda, en euros por hectárea, será el resultado de dividir el presupuesto disponible entre la superficie a que se refiere el artículo 3.
Las organizaciones de productores de tomate solicitarán la ayuda en el mismo acto que la solicitud de la ayuda comunitaria.