Ayudar financieramente a los programas de carne de vacuno de calidad que tengan por objeto garantizar el seguimiento de un producto desde la explotación de origen del animal hasta el consumidor final.
Entidades que estén aplicando programas de carne de vacuno de calidad y garanticen el cumplimiento de su Reglamento de control.
a) Estar ubicadas en el territorio del Estado.
b) Que los laboratorios donde se realicen los análisis de muestras para analizar los parámetros físicos, químicos y sanitarios de los animales y de la carne están acreditados para la realización de controles oficiales de productos alimenticios conforme a la normativa vigente.
RD-1738/97, BOE n° 291 de 05/12/97, pag. 35807
RD-1681/99
OR-130601b
RD-1467/01 deroga el RD-1738/97.
Entre el 7 de enero y el 15 de febrero de cada año.
SUBVENCIÓN:
El importe de las ayudas no podrá superar el 50 por ciento de los gastos derivados del control establecido en cada programa de carne de vacuno de calidad
ORGANISMO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
ORGANISMO DE TRAMITACIÓN: El designado por cada Comunidad Autónoma.
DOCUMENTACÏÓN EXIGIDA: Solicitud acompañada de:
a) Estatuto o Reglamento interno de la entidad.
b) El programa de carne de vacuno de calidad, acompañado de:
1) Reglamento de control.
2) Presupuesto detallado del programa.
3) Memoria descriptiva del programa.
c) Descripción de la entidad de control.
d) Identificación y descripción de los laboratorios donde se realizan las pruebas.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: El designado por cada Comunidad Autónoma.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Entre el 7 de enero y el 15 de febrero de cada año. (RD-1681/99).