Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones que la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico otorga por medio del Programa Andaluz de Promoción de Energías Renovables para el periodo 2003-2006 (PROSOL).
Se considerarán subvencionables las promociones de inversiones en elementos de transformación de fuentes energéticas renovables y en instalaciones de aprovechamiento de energías renovables, cuya ejecución comience el año en que se presenta la solicitud. En ningún caso será subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido recuperable entre los conceptos de inversión.
Empresas promotoras de instalaciones de energías renovables
ORDEN de 24 de enero de 2003, por la que se establecen las normas reguladoras y se realiza la convocatoria
ORD2003-3621-3640.pdf [1]
ORDEN de 31 de julio de 2003, por la que se modifican determinados artículos de la de 24 de enero de 2003, por la que se establecen las normas reguladoras y se realiza la convocatoria para el período 2003-2006 para el Ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del Régimen de Ayudas del Programa Andaluz de Promoción de Instalaciones de Energías Renovables (PROSOL).
ORD2003-18624-18630.pdf [2]
ORDEN de 5 de abril de 2000, por la que se hacen públicas las normas reguladoras de la concesión de ayudas del Programa andaluz de promoción de instalaciones de energías renovables (PROSOL) para el periodo 2000-2006.
ORD2000-7286-7290.pdf [3]
ORDEN de 12 de septiembre de 2000, por la que se hacen públicas las normas reguladoras de la conseción de ayudas del Programa andaluz de promoción de energías renovables (PROSOL) para el periodo 2000-2006
ORD2000-16009-16010.pdf [4]
RESOLUCION de 4 de noviembre de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, relativa al periodo de presentación de solicitudes para acogerse a la concesión de ayudas del Programa Andaluz de Promoción de Instalaciones de Energías Renovable
RES2002-22762.pdf [5]
2003-2006
1. La ayuda pública consistirá en una subvención a fondo perdido que se concederá en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 254/2001.
2. La cuantía de la ayuda pública se determinará por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, teniendo en cuenta los siguientes criterios relativos a las instalaciones promovidas: Aportación energética, calidad y garantía, integración arquitectónica, interés social, carácter innovador o capacidad de transferencia de la tecnología empleada y mejora medioambiental que aporten.Teniendo en cuenta los costes de inversión para los distintos tipos de instalaciones de energías renovables promovidas, se establecen los siguientes límites para el cálculo de las ayudas públicas por cada tipo de instalación promovida:
a) Instalaciones solares térmicas para producción de agua caliente: 500 euros/m2.
b) Instalaciones solares fotovoltaicas aisladas de la red eléctrica: 12 euros/Wp.
c) Instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a la red eléctrica: 9 euros/Wp.
d) Instalaciones eólicas para suministro eléctrico: 9 euros/We.
e) Instalaciones de biomasa: 100 euros/Kw. térmico.
3. La subvención estará vinculada directamente al precio de la instalación para la cual se concede, y por ello el beneficiario la descontará del precio final de venta de la instalación.
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