Los incentivos previstos en la presente Orden van destinados a favorecer a las familias andaluzas ubicadas en municipios de Andalucía, con una población comprendida entre los 10.000 y 50.000 habitantes, cuyos ingresos no superen el límite establecido en el artículo 9 de la Orden de 4 de julio de 2005 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la incorporación de las familias andaluzas al uso de las nuevas tecnologías, programa Hogar Digital. La cuantificación de la población se realizara en base a las cifras del padrón municipal del 2005.
a) Conexión a internet.
b) curso de manejo.
Orden de 25 de abril de 2006, por la que se adaptan las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la incorporación de las familias andaluzas al uso de las nuevas tecnologías, programa Hogar Digital, en desarrollo del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, y se realiza su convocatoria para el 2006.
ORD2006-4-5.pdf [1]
Orden de 4 de julio de 2005 de la Consejería de Innovación
ORD2005-7-14.pdf [2]
31/12/2002
La cuantía del incentivo será del 75% del coste de la tarifa de conexión a Internet por un periodo de tiempo no superior a 12 meses, con un importe máximo de 300 euros, excepcionalmente podrá superarse este importe en el caso de conexiones Vía Satélite.
Delegación Provincial de la Consejería de Empleo