Establecer ayudas de finalidad regional y a favor de las PYMES, al objeto de fomentar la inversión y la localización de empresas en el ámbito territorial de la Zona de Acción Especial de la Bahía de Cádiz y Jerez de la Frontera.
Personas privadas, físicas o jurídicas, o sus agrupaciones, que se establezcan o estén establecidas en la Zona de Acción Especial de la Bahía de Cádiz y Jerez de la Frontera.
REQUISITOS
Los proyectos deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
La aportación mínima del beneficiario será del 30% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda.
Las inversiones a realizar deberán mantenerse en el establecimiento objeto de la ayuda durante cinco años a contar desde la finalización de aquellas.
Los proyectos de inversión no podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de estas ayudas o, en su caso, de la fecha de solicitud de los beneficios previstos en el Real Decreto 652/1988, de 24 de junio, de creación y delimitación de la Zona de Promoción Económica de Andalucía.
ORDEN de 7 de mayo de 2001, (B.O.J.A. nº 68 de 16 de junio de 2001).
Hasta el 15 de junio de 2006.
Subvenciones a la inversión.
Podrán concederse subvenciones a fondo perdido de hasta un 20% de la inversión subvencionable. Cuando se trate de pequeñas y medianas empresas, este porcentaje podrá incrementarse hasta en un 15% en términos brutos.
PLAZO
Hasta el 15 de junio de 2006.
INFORMACIÓN
Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Cádiz.