La promoción de alternativas a la pesca y el trabajo a bordo de los barcos que han faenado en el caladero de Marruecos, una vez agotadas las ayudas por el amarre temporal de la flota instrumentadas hasta el mes de diciembre de 2001.
Se aplicarán los baremos previstos en el Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, incrementados en un 20%.
1) AYUDAS A LOS ARMADORES
a) Ayudas a la Modernización de barcos
- Sustitución de las redes de pesca
- Obras de modernización, equipamiento
- Mejora de las condiciones de trabajo y seguridad
b) Ayudas a la paralización definitiva
2) AYUDAS A LOS PESCADORES
a) Ayudas a la prejubilación
b) Primas individuales
c) Primas no renovables
Podrán ser beneficiarios de las ayudas desarrolladas en la presente Orden los armadores y pescadores que como consecuencia de la no renovación del Acuerdo de pesca entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos hayan percibido ayudas por paralización temporal de la flota durante un periodo mínimo acumulado de al menos seis meses durante los años 2000 y 2001.
REGLAMENTO (CE) nº 2561/2001 del Consejo de 17 de diciembre de 2001
http://europa.eu.int/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexapi!prod!CELEXnumdoc&lg=ES&numdoc=32001R2561&model=guichett [1]
REGLAMENTO (CE) nº 1227/2001 del Consejo de 18 de junio de 2001
http://europa.eu.int/eur-lex/pri/es/oj/dat/2001/l_168/l_16820010623es00010002.pdf [2]
REGLAMENTO (CE) nº 2792/1999 del Consejo de 17 de diciembre de 1999, por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca.
http://europa.eu.int/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexapi!prod!CELEXnumdoc&lg=ES&numdoc=31999R2792&model=guichett [3]
REAL DECRETO 3448/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero. (B.O.E. nº 307 de 22 de diciembre de 2000).
http://www.boe.es/boe/dias/2002-03-14/pdfs/A10551-10552.pdf [4]
REAL DECRETO 137/2002, (B.O.E. nº 29 de 2 de febrero de 2002)
http://www.boe.es/boe/dias/2002-02-02/pdfs/A04310-04313.pdf [5]
Corrección de errores del Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero. (B.O.E. nº 69 de 21 de marzo de 2001).
ORDEN de 26 de julio de 2000 por la que se convocan y regulan ayudas públicas para la mejora estructural y modernización del Sector Pesquero Andaluz. (B.O.J.A. nº 94 de 17 de agosto de 2000).
http://www.junta-andalucia.es/boja/cgi-bin/frame_pagina.cgi?2000-94-19 [6]
ORDEN de 18 de enero de 2002, por la que se regulan las ayudas a los armadores y pescadores afectados por la finalización del acuerdo de pesca entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos. (B.O.J.A. nº 14 de 2 de febrero de 2002).
http://www.junta-andalucia.es/boja/cgi-bin/frame_pagina.cgi?2002-14-23 [7]
Hasta el 30 de octubre de 2002.
Se aplicarán los baremos previstos en el Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, incrementados en un 20%.
1) AYUDAS A LOS ARMADORES
a) Ayudas a la Modernización de barcos
- Ayudas directas ¿¿¿¿¿¿¿¿¿.. hasta el 40% de la inversión
- Ayudas indirectas ¿¿¿¿¿¿¿¿¿ hasta el 10% de la inversión
b) Ayudas a la paralización definitiva
- Se incrementan las ayudas en un 20%. Ejemplos
Arqueo del barco ayudas
Barco de 20 GT ¿¿¿¿¿¿. 150.253,03 ¿
(25 millones ptas)
Barco de 100 GT ¿¿¿¿¿. 510.860,29 ¿
(85 millones ptas)
Barco de 300 GT ¿¿¿¿¿. 1.051.771,18 ¿
(175 millones ptas)
2) AYUDAS A LOS PESCADORES
a) Ayudas a la prejubilación
- Garantizar el cobro mensual de 910,53 ¿/mes (151.500 ptas/mes) más un 2% anual as partir del 01/01/2002. El cobro del paro entra dentro de la cita cantidad.
b) Primas individuales
- 12.000 ¿
c) Primas no renovables
- Hasta un máximo de 60.000 ¿
PLAZO
Hasta el 30 de octubre de 2002.
1) Ayudas a armadores
- Instancias según el modelo habitual (Orden de 26 de julio de 2000)
- Documentación similar al resto de ayudas de modernización y/o a la paralización definitivas.
- En el momento de la concesión de las ayudas el barco tiene que estar activo, en el caso de la ayuda a la paralización
2)Ayudas a pescadores
a) Ayudas a la prejubilación
- Solicitud y copia del D.N.I.
- Acreditación de:
haber cobrado seis meses de ayudas por amarre temporal de la flota
haber ejercido la profesión de pescador durante 10 años
- Proyecto de Convenio Especial con el ISM y prestaciones por desempleo reconocidas
b) Primas individuales
- Solicitud y copia del D.N.I
- Acreditación de:
haber cobrado seis meses de ayudas por amarre temporal de la flota
haber cotizado doce meses al Régimen del Mar de la S.S.
- Ser tripulante de un barco que vaya a paralización definitiva
c) Primas no renovables
- Solicitud y copia de D.N.I.
- Acreditación de :
haber cobrado seis meses de ayudas por amarre temporal de la flota y ejercido como pescador durante cinco años
- Proyecto de reconversión o diversificación, presupuestos de la inversión a realizar y memoria técnica y financiera
INFORMACIÓN
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca. Telf 900 150 250
Direcciones y teléfonos de las cinco oficinas habilitadas para gestionar las ayudas al sector pesquero:
ALGECIRAS ___ (CÁDIZ)
Local nº 257, Prolongación Muelle Pesquero
11201 Algeciras
Tfno: 956 657 443
ALMERÍA
Centro Residencial Oliveros
C/ Canónigos Molina Alonso s/n, local 1
04004 Almería
Tfno: 950 271 199
BARBATE ___ (CÁDIZ)
Edificio Lonja Pesquera
11160 Barbate
Tfnos: 956 454 485 /86 - 956 432 157
MÁLAGA
OCA de Málaga
Avda. Manuel Agustín de Heredia, 10, 1ª planta
29001 Málaga
Tfno: 952 226 296 /97
PUNTA UMBRÍA ___ (HUELVA)
Edificio Antiguo Ayuntamiento
Avenida de la Ría, nº8
21100 Huelva
Tfno: 959 314 332 - 959 314 341 /45