Contribuir a la modernización de las estructuras productivas del sector pesquero andaluz y favorecer la conservación y explotación sostenible a largo plazo de los recursos pesqueros.
a) Ayudas a la prejubilación de pescadores mayores de 55 años.
b) Primas globales individuales.
c) Primas globales no renovables con vistas a la reconversión de profesional o diversificación de sus actividades en un sector que no sea el de la pesca marítima.
d) Ayudas a jóvenes pescadores de edad inferior a 35 años.
Podrán concederse ayudas de carácter socioeconómico a los tripulantes vinculados al ajuste de la capacidad de pesca.
a) Los tripulantes enrolados y en alta, o en algunas de las situaciones asimiladas al alta, en los buques que son objeto de medidas de paralización definitiva de las actividades pesqueras.
b) Los tripulantes enrolados en los buques afectados por medidas de limitación de actividad pesquera.
c) Los tripulantes de otros buques de la misma modalidad, censo y caladero de los buques que se destinan a paralización definitiva. En este caso, el número de beneficiarios de las ayudas no podrá superar al número de puestos de trabajo suprimidos a bordo de buques pesqueros como resultado de la paralización definitiva de las actividades pesqueras.
Reglamento (CE) Nº 1263/1999 del Consejo de 21 de junio de 1999 relativo al instrumento financiero de orientación de la pesca (DOCE 161, 26-6-1999)
REG1999-1263-54-56.pdf [1]
Reglamento (CE) Nº 2792/1999 del Consejo de 17 de diciembre de 1999 por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca (DOCE 337, 30-12-1999)
REG1999-2792-10-28.pdf [2]
Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero. (BOE 307, 23-12-2000)
RD2000-3448-45534-45547.pdf [3]
Real Decreto 235/2002, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero. (BOE 63, 14-03-2002)
RD2002-235-10551-10552.pdf [4]
Orden de 26 de julio de 2.000 de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regulan y convocan ayudas públicas para la mejora estructural y la modernización del sector pesquero andaluz. (BOJA 94, 17-8-2000)
ORD2000-13139-13159.pdf [5]
Resolución de 11 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se establece para el año 2004 el plazo de presentación de solicitudes de ayudas acogidas a las Órdenes que se citan. (BOJA 249, 29-12-2004)
RES2003-27215.pdf [6]
ORDEN de 20 de mayo de 2004, por la que se modifica la de 26 de julio de 2000, por la que se regulan y convocan ayudas para la mejora estructural y modernización del sector pesquero andaluz. (BOJA 105, 31-05-2004)
ORD2004-12360-12363.pdf [7]
REAL DECRETO 1473/2004, de 18 de junio, por el que se establecen medidas de carácter socioeconómico en el sector pesquero y se modifica el Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero en materia de acuicultura y comercialización.
RD2004-1473-24011-24014.pdf [8]
REGLAMENTO (CE) Nº 1421/2004 DEL CONSEJO de 19 de julio de 2004 que modifica el Reglamento (CE) nº 2792/1999 por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca (DOCE 260, 6-08-2004)
REG2004-1421-1-5.pdf [9]
Orden de 15 de septiembre de 2004, por la quese modifica la de 22 de mayo de 2002, por la que se establecen las normas de desarrollo parala concesión y abono de las ayudas a las infraestructuras agrarias establecidas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre.
ORD2004-20793-20794.pdf [10]
Resolución de 2 de diciembre de 2004, por la que se establece para el año 2005 el plazo de presentación de solicitudes de determinadas ayudas prevista en la Orden de 26 de julio de 2000, mejora estructural y modernización del sector pesquero andaluz.
RES2005-8-9.pdf [11]
Real Decreto 518/2005, de 6 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero, el Real Decreto 1048/2003, de 1 de agosto, sobre ...
RD2005-518-17262-17264.pdf [12]
Orden de 1 de agosto de 2005, por la que se modifica la de 22 de mayo de 2002, por la que se dictan normas para la gestión de las ayudas estructurales en materia de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.
ORD2005-26-28.pdf [13]
Convocatoria anual. Para el año 2005, el plazo de presentación de solicitudes comienza 04 de enero y finaliza el 31 de octubre de 2005.
aLas clases de ayudas serán las previstas en el artículo 12 del Reglamento 2792/99, con las modificaciones aprobadas en el artículo 1 del Reglamento 2369/02, y en concreto:
a) Ayudas a la prejubilación de pescadores.
b) Primas globales individuales de hasta 10.000 euros.
c) Primas a la reconversión de hasta 50.000 euros.
d) Primas a la diversificación de hasta 20.000 euros.
e) Primas de hasta 50.000 euros para adquisición de un buque de pesca.
a) Si las ayudas se solicitan por el pescador tras haber sido desenrolado o perder la condición de ¿asimilado al alta¿, el plazo de presentación de la solicitud es de un mes contado a partir del día que causó baja en la empresa.
b) Si las ayudas se solicitan por el pescador encontrándose enrolado y en alta o en alguna de las situaciones asimiladas al alta, se estará a lo establecido a continuación: Para el año 2003 el plazo de presentación de solicitudes de ayudas comienza el 24 de enero y finaliza el 31 de octubre de 2003.
Las solicitudes de ayudas se presentarán, junto con la documentación requerida en cada caso y por triplicado ejemplar, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, sin perjuicio de que puedan presentarse en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.