Esta Resolución incluye como anexo el Convenio de la Subvención Global relativa a la iniciativa comunitaria LEADER PLUS en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En él se establece la normativa de la ayuda que concede la Sección de Orientación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía.
El Reglamento (CE) nº 1260/1999 (DEROGADO) establece las disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales, las normas de utilización de las subvenciones globales (que han de ser convenidas entre la Comisión y el organismo intermediario, en este caso la Consejería de Agricultura y Pesca). En base a lo anterior, este convenio se fija aspectos tales como:
- Medidas que deban aplicarse
- Criterios de selección de los beneficiarios
- Condiciones y los tipos de concesión de la ayuda de los Fondos, incluida la utilización de los intereses que se generen
- Normas de seguimiento, evaluación y control financiero de la subvención global, y, si procede, el recurso a una garantía bancaria.
El organismo intermediario se responsabilizará del desarrollo de los ejes prioritarios fijados:
Eje prioritario 1: Estrategias territoriales integradas de desarrollo rural de carácter piloto.
Eje prioritario 2: Apoyo de la cooperación entre territorios rurales.
Eje prioritario 4: Gastos de gestión, seguimiento y evaluación del programa.
Anexo I: Cuadro financiero.
Anexo II: Descripción de las medidas.
Los beneficiarios finales de esta subvención global, en los ejes prioritarios 1 y 2, serán los ¿grupos de acción local.
Para el Eje prioritario 4, el beneficiario final es el organismo intermediario (Consejería de Agricultura y Pesca).
RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2002, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una subvención global en cumplimiento de la Decisión C(2001)2158 de 5 de septiembre, para Andalucía.
RES2002-37103-37105.pdf [1]
Decisión C(2001)2158 de 5 de septiembre.
Reglamento (CE) nº 1260/1999, disposiciones legales sobre los Fondos Estructurales.
RE1999-1260-16101-16142.pdf [2]
REGLAMENTO (CE) Nº 1083/2006 DEL CONSEJO de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999.
REG2006-1083-25-78.pdf [3]
El período finaliza el 31 de diciembre de 2006.
Se otorga una subvención global máxima de 86.500.000 euros al organismo intermediario para que desarrolle los ejes prioritarios y medidas (estas últimas tendrán que ser seleccionadas de las que se describen en Anexo II).
La que defina el organismo intermediario.