Subvenciones para el pequeño comercio en desarrollo del programa de modernización de las pequeñas y medianas empresas comerciales del Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía.
Pequeños comerciantes, ya sean persona física o jurídica, establecidos en la Comunidad Autónoma Andaluza, que no superen cinco trabajadores en la totalidad de sus centros.
ORDEN de 17 de enero de 2000, (B.O.J.A. nº 21 de 19 de febrero de 2000).
Plazo 1 al 31 de enero de cada año.
La cuantía de la subvención no podrá exceder del 50% del total de la inversión prevista en el proyecto subvencionable.
PLAZO:
Desde el 1 al 31 de enero de cada año.
INFORMACIÓN:
Las solicitudes se podrán presentar en los registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, y también en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992.