Queda prohibido cercenar las aletas de los tiburones en los buques, y mantener a bordo, transbordar o desembarcar aletas de tiburón.
Queda prohibido comprar, poner a la venta o vender las
aletas de tiburón que se hayan cercenado a bordo, mantenido a bordo, transbordado o desembarcado infringiendo el presente Reglamento.
REGLAMENTO (CE) Nº 1185/2003 DEL CONSEJO de 26 de junio de 2003 sobre el cercenamiento de las aletas de los tiburones en los buques
REG2003-1185-1-3.pdf [1]