Dar publicidad a la solicitud de inscripción de la denominación de origen protegida «Condado de Huelva» en el correspondiente Registro comunitario.
PLIEGO DE CONDICIONES DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN
«VINAGRE DE CONDADO DE HUELVA»
A). NOMBRE DEL PRODUCTO
B). DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
C). ZONA GEOGRÁFICA
D). ELEMENTOS QUE PRUEBAN QUE EL PRODUCTO ES ORIGINARIO DE LA ZONA
E). OBTENCIÓN DEL PRODUCTO
F) PRÁCTICAS PERMITIDAS Y PROHIBIDAS
G). VÍNCULO
H) ESTRUCTURA DE CONTROL
I). ETIQUETADO
J). REQUISITOS LEGISLATIVOS
ORDEN de 5 de septiembre de 2008, por la que se emite decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Vinagre de Condado de Huelva.
ORD2008-35-40.pdf [1]
Reglamento de Ejecución (UE) nº 984/2011 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2011, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Vinagre del Condado de Huelva (DOP)].
http://www.besana.es/legislacion/leg/doce/REG2011-984-7-8.pdf [2]