Considerando:
- que es necesario definir ciertas partes de las redes de arrastre
- que no es necesario prohibir la fijación de dispositivos a
las redes de arrastre para la pesca de ciertas especies para las cuales no
se ha especificado una malla mínima en el Reglamento (CEE) nº
171/83
- que es conveniente autorizar la utilización de ciertos dispositivos que permitan reducir el desgaste de las redes de arrastre, redes danesas o redes similares, reforzar dichas redes, limitar la salida de las capturas hacia la parte delantera de dichas redes o aumentar su eficacia o la seguridad de su utilización; que la parpalla inferior está destinada a proteger del desgaste la parte inferior de la red de arrastre
- que la cobertura o parpalla superior está destinada a proteger el paño superior o las bandas laterales del copo de la red de arrastre contra el desgaste en el caso de que la parte final de la red de arrastre basculase lateralmente durante las operaciones de pesca
- que la cubierta de refuerzo está destinada a reforzar el copo de la red de arrastre con el fin de evitar que éste reviente cuando esté muy cargado de pescado y se vire la red a bordo
- que un cinturón de protección está destinado a evitar que
el estrobo para izar corte la malla del copo de la red de arrastre
- que un rebenque está destinado a cerrar el copo del arte
de arrastre;
- que, con el fin de garantizar un cierre más perfecto del
copo, en la misma abertura del copo puede replegarse una extención
limitada de la última parte del copo
- que un estrobo para izar está destinado a estrechar la
última parte del copo de la red de arrastre con el fin de facilitar su
embarque a bordo
- que un estrobo circular tiene por objeto limitar la extensión
del diámetro del copo del arte de arrastre;
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y
directamente aplicable en cada Estado miembro.
Los artículos del 4 al 15 contienen las definiciones de determinados dispositivos autorizados que podrán fijarse al arte de arrastre y que pueden obstruir la malla en la totalidad de la red o reducir las dimensiones de dicha malla, así como las condiciones de utilización de dichos dispositivos.
Tales dispositivos son:
- Parpalla inferior
- Cobertura (o parpalla superior)
- Cubierta de refuerzo
- Cinturón de protección
- Rebenque del copo
- Estrobos para izar
- Estrobos circulares
- Trampa
- Red cribadora
- Barretas
- Rodete
- Costura mediana de un copo dividido en dos compartimentos
REGLAMENTO (CEE) Nº 3440/84 DE LA COMISIÓN
de 6 de diciembre de 1984 relativo a la fijación de dispositivos en las redes de arrastre, redes danesas y redes similares
REG1984-3440-1-8.pdf [1]
REGLAMENTO (CE) Nº 146/2007 DE LA COMISIÓN de 15 de febrero de 2007 que modifica el Reglamento (CEE) nº 3440/84 en lo que respecta a las condiciones aplicables a determinadas redes de arrastre para los buques que utilicen un sistema de bombeo a bordo
REG2007-146-9.pdf [2]
El presente Reglamento entrará en vigor el trigésimo día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.