A efectos de establecer una marca amparada bajo la Denominación de Origen para la expansión comercial de dicha denominación tanto en el extranjero como en el mercado nacional, y dado que en la actualidad
existen comercializadores dentro de la zona de producción, es por lo que se propone la modificación del Reglamento, dando lugar a la inclusión del Registro de comercializadores.
ORDEN de 29 de noviembre de 1995, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen ¿Priego de Córdoba¿ y de su Consejo Regulador.
ORD29nov1995priego.pdf [1]
ORDEN de 8 de febrero de 2007, por la que se modifica la de 29 de noviembre de 1995, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «Priego de Córdoba» y de su Consejo Regulador.
ORD2007-1.pdf [2]
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (fecha publicación 27/02/2007).