RES de 25 de mayo, y RES de 31 de mayo:
Con efectos para la campaña de 2004/2005, se eximen del respeto al límite establecido en el apartado 2 del artículo 12 del Real Decreto 1026/2002, de 4 de octubre, a los productores de determinados cultivos herbáceos cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en las provincias de Granada, Málaga y Jaén.
REG 1106/2004:
Los Estados miembros podrán:
Autorizar que las superficies declaradas retiradas de la producción en la campaña de 2004/05 se utilicen para alimentar al ganado de acuerdo con las condiciones y los criterios que establezcan.
Destinar al almacenamiento de madera en las regiones afectadas por los escolítidos que determinen los Estados miembros, las superficies declaradas retiradas de la producción en la campaña de comercialización de 2004/05.
REG2322/2003:
El tipo aplicable para la retirada de tierras obligatoria en el período 2004/05 será del 5%.
Resolución de 25 de mayo de 2004, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se exime a los productores de determinados cultivos herbáceos del respeto al límite establecido en la retirada de tierras, para la percepción de los pagos por superficie, en la campaña 2004/2005.
RES2004-14403-14404.pdf [1]
Resolución de 31 de mayo de 2004, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, complementaria de la Resolución de 25 de mayo de 2004, por la que se exime a los productores de determinados cultivos herbáceos del respeto al límite establecido en la retirada de tierras, para la percepción de los pagos por superficie, en la campaña 2004/2005.
RES2004-14403-14404.pdf [1]
Reglamento (CE) nº 1106/2004 de la Comisión, de 11 de junio de 2004, por el que se establece, con respecto a la campaña de comercialización de 2004/05, una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 2316/1999 en lo referente a la utilización de las superficies retiradas de la producción en determinados Estados miembros
REG2004-1106.pdf [2]
Reglamento (CE) nº 2322/2003 del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, por el que se establece una excepción al Reglamento (CE) nº 1251/1999 en lo que respecta a la obligación de retirada de tierras para la campaña de comercialización 2004/05
REG2003-2322.pdf [3]
Reglamento (CE) nº 210/2003 de la Comisión, de 3 de febrero de 2003, por el que se prevé una excepción al Reglamento (CE) nº 2316/1999, que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1251/1999 del Consejo, en lo que respecta a la ret
REG2003-210-2833.pdf [4]
REGLAMENTO (CE) Nº 2316/1999 DE LA COMISIÓN de 22 de octubre de 1999 que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1251/1999 del Consejo, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáce
REG1999-2316-1-23.pdf [5]
Reglamento (CE) 1251/1999 del Consejo, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos
AYUDAS: PAGOS POR SUPERFICIE A DETERMINADOS CULTIVOS HERBÁCEOS, LEGUMINOSAS GRANO, COMPENSATORIO DE ARROZ
http://www.besana.es/jsp/lstAyudas2.jsp?ca=161&cu=161&cd=2086&cm=&pvez=SI&anno=-1&mes=-1&dia=-1 [6]
RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2007, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se exime a los agricultores de determinados cultivos herbáceos del respeto al límite establecido en la retirada voluntaria de tierras, para la percepción del
pago por superficie, en la campaña 2007/2008.
RES2007-52.pdf [7]