Se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.
Se describen aspectos de:
- Ámbito de aplicación: parcelas de este cultivo, en plantación regular,
situadas en las comarcas Don Benito y Llerena provincia de Badajoz, comarcas Campiña Baja, Las Colonias, Campiña Alta y Penibética provincia de Córdoba y en las comarcas La Campiña y De Estepa provincia de Sevilla.
- Producciones asegurables: las producciones de las distintas variedades del cultivo de membrillo, susceptibles de recolección dentro del período de garantía.
- Condiciones técnicas mínimas de cultivo.
- Rendimiento asegurable.
- Precio unitario.
- Períodos de garantía.
ORDEN APA/3983/2005, de 9 de diciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2005-3983-41635-41636.pdf [1]
ORDEN APA/3241/2006, de 13 de octubre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo, comprendido en el plan anual de seguros agrarios combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2006-3241-36805-36806.pdf [2]
ORDEN APA/3348/2007, de 5 de noviembre, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo, comprendido en el Plan 2007 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2007-3348-47313-47314.pdf [3]
ORDEN ARM/3147/2008 de 20 de octubre, por la que se definen las producciones y los rendimientos, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo y otros frutales, comprendido en el Plan 2008 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2008-3147-44297-44299.pdf [4]
Orden PRE/2678/2009, de 29 de septiembre, por la que se aprueba la norma específica de peritación de daños en la producción de membrillo, amparados por el Seguro Agrario Combinado.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2009-2678-83465-83470.pdf [5]
Orden ARM/2996/2009, de 28 de octubre, por la que se definen las producciones y los rendimientos, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo y otros frutales, comprendido en el Plan 2009 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2009-2996-93954-963959.pdf [6]
Orden ARM/2815/2010, de 27 de octubre, por la que se definen las producciones y los rendimientos, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en membrillo y otros frutales, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2010-2815-91849-91854.pdf [7]
[5]
Teniendo en cuenta los períodos de garantía anteriormente indicados y lo establecido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, el período de suscripción se iniciará el 15 de noviembre y finalizará el 31 de enero.