- Los vinos originarios de la zona geográfica de la provincia de Granada, que se ajusten y cumplan con los requisitos definidos en el Anexo a la presente Orden, podrán utilizar la mención Vino de Calidad de «Granada».
- Autorizar a la «Asociación Vinos de Granada», como órgano de gestión del vino de calidad de «Granada», según lo establecido en el articulo 22 de la ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía.
- Para poder utilizar la mención Vino de Calidad de «Granada» los vinos deberán estar certificados por un Organismo de Certificación debidamente autorizado e inscrito en el registro de Entidades de Inspección y Certificación de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, según el articulo 29 de la ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía.
En el anexo se detallan aspectos relativos a:
ANEXO: REGLAMENTO DEL V.C.P.R.D. «VINO DE CALIDAD DE GRANADA», Y DE SU ÓRGANO DE GESTIÓN:
- CAPÍTULO I: Generalidades.
- CAPÍTULO II: De la producción.
- CAPÍTULO III: De la elaboración y comercialización.
- CAPÍTULO IV: Calificación y características de los vinos.
- CAPÍTULO V: Del envejecimiento e indicaciones propias de los vinos.
- CAPÍTULO VI: Control y Certificación.
- CAPÍTULO VII: Registros.
- CAPÍTULO VIII: Derechos y obligaciones.
- CAPÍTULO IX: Del Órgano de Control.
- CAPÍTULO X: Del Órgano de Gestión.
- CAPÍTULO XI: Financiación del Órgano de Gestión.
- CAPÍTULO XII: Régimen sancionador.
Orden de 21 de enero de 2009, por la que se aprueba el Reglamento del Vino de Calidad de «Granada» y de su Órgano de Gestión.
ORD2009-63-74.pdf [1]
Resolución de 11 de agosto de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden de 21 de enero de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se aprueba el Reglamento del Vino de Calidad de Granada y de su órgano de gestión.
RES2009-76162-76183.pdf [2]
Orden de 30 de noviembre de 2011, por la que se aprueba el Pliego de Condiciones del Vino de Calidad de «Granada».
http://www.besana.es/legislacion/leg/boja/ORD2011-30-11-44-50.pdf [3]
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicado 03/02/2009).