Establecer las normas de utilización de la Mención «Vino de la tierra del Norte de Almería».
Los vinos originarios de la zona geográfica del Norte de Almería de la provincia de Almería, que se ajusten y cumplan con los requisitos definidos en el Anexo a la presente Orden, podrán utilizar la mención «Vino de la tierra del Norte de Almería».
Certificación. Para poder utilizar la mención «Vino de la Tierra del Norte de Almería» los vinos deberán estar certificados por un Organismo de Certificación debidamente autorizado por la Consejería de Agricultura y Pesca.
ANEXO:
- Artículo 1. Indicación geográfica.
- Artículo 2. Zona vitícola.
- Artículo 3. Variedades de uva autorizadas.
- Artículo 4. Tipos de vino.
- Artículo 5. Características organolépticas.
- Artículo 6. Características físico-químicas
- Artículo 7. Asesoramiento técnico
- Artículo 8. Labores del terreno.
- Artículo 9. Normas de plantación.
- Artículo 10. Abonados y enmiendas.
- Artículo 11. Cuaderno de explotación.
- Artículo 12. Control de plagas, enfermedades y flora arvense.
- Artículo 13. Técnicas de poda.
- Artículo 14. Recolección de la uva.
- Artículo 15. Condiciones de elaboración.
- Artículo 16. Maceración.
- Artículo 17. Fermentación.
- Artículo 18. Almacenamiento.
- Artículo 19. Clarificación, filtración y estabilización.
- Artículo 20. Envejecimiento.
- Artículo 21. Control de residuos fitosanitarios.
- Artículo 22. Envasado y etiquetado.
- Artículo 23. Normativa de referencia.
ORDEN de 9 de mayo de 2008, por la que se establecen las normas de utilización de la mención «Vino de la Tierra del Norte de Almería», para los vinos originarios de la zona geográfica del Norte de Almería.
ORD2008-113-117.pdf [1]
Orden ARM/4017/2008, de 23 de diciembre, por la que se publica la Orden de 9 de mayo de 2008, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se establecen las normas de utilización de la mención "Vino de la Tierra del Norte de Almería", para los vinos originarios de la zona geográfica del norte de Almería.
ORD2008-4017-9808-9816.pdf [2]
Efectos. La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicada el 20/05/2008).