La presente orden tiene por objeto establecer un régimen de control de los desembarques superiores a 10 toneladas de arenque (Clupea harengus), caballa (Scomber Scombrus) y jurel (Trachurus spp.), o una combinación de estas especies.
Ámbito de aplicación.
1. El régimen de control regulado en la presente orden será de aplicación a los buques españoles, buques comunitarios y buques de terceros países, que realicen desembarques en puertos españoles que sean superiores, en cada desembarque, a 10 toneladas de caballa (Scomber Scombrus), jurel (Trachurus spp.), arenque (Clupea harengus) o una combinación de estas especies, capturadas en:
a) Las zonas CIEM I,II, IIIa, IV, Vb, VI y VII, por lo que respecta al arenque.
b) Las zonas CIEM IIa, IIIa, IV, Vb, VI, VII, VIII, IX,X, XII y XIV y las aguas de COPACE por lo que respecta a la caballa.
c) Las zonas CIEM IIa,IV, Vb, VI, VII, VIII, IX, X, XII, XIV y las aguas de COPACE por lo que respecta al jurel.
2. El control de desembarques de arenque, caballa y jurel procedentes de buques de terceros países se regirá por la presente orden sin perjuicio de las obligaciones recogidas en la Orden ARM/2077/2010, de 27 de julio, para el control de acceso de buques de terceros países, operaciones de tránsito, transbordo, importación y exportación de productos de la pesca para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Resolución de 2 de septiembre de 2011, de la Secretaría General del Mar, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/RES2011-02-09-96809.pdf [2]
Orden ARM/3172/2011, de 11 de noviembre, por la que se corrigen errores en la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2011-3172-123478.pdf [3]
Orden AAA/157/2013, de 4 de febrero, por la que se modifica la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2013-157-11270-11272.pdf [4]
Resolución de 14 de febrero de 2013, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/res2013-16381-16382.pdf [5]
Resolución de 14 de marzo de 2013, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, de la Secretaría General del Mar, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/res2013-14-024207-24208.pdf [6]
Orden AAA/1103/2014, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2014-1103-49861-49862.pdf [7]
Resolución de 24 de febrero de 2015, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/res2015-24-02-19976.pdf [8]
Resolución de 3 de marzo de 2015, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/res2015-03-03-23270.pdf [9]
Resolución de 25 de marzo de 2015, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/res2015-25-03-28216.pdf [10]
Resolución de 10 de abril de 2015, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/res2015-35172-35173.pdf [11]
Resolución de 21 de mayo de 2015, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.
http://www.besana.es/sites/default/files/res2015-21-05-43675-43676.pdf [12]