El objeto del presente real decreto es establecer disposiciones específicas en materia de clasificación de canales de cerdo en España, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, así como en el Reglamento (CE) nº 1249/2008 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a los modelos comunitarios de clasificación de canales de vacuno, porcino y ovino y a la comunicación de sus precios.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Clasificación obligatoria de canales y excepciones.
Artículo 4. Presentación de la canal.
Artículo 5. Pesaje, clasificación y marcado.
Artículo 6. Peso de la canal.
Artículo 7. Contenido de carne magra de las canales de porcino.
Artículo 8. Comunicación de los resultados de clasificación.
Artículo 9. Controles sobre el terreno.
Artículo 10. Medidas a adoptar cuando se detecten irregularidades. Corrección de
deficiencias.
Artículo 11. Mesa de Coordinación de Clasificación de Canales y Precios.
Artículo 12. Régimen sancionador en materia de clasificación, pesaje y marcado de canales.
REGLAMENTO (CEE) Nº 2967/85 DE LA COMISIÓN de 24 de octubre de 1985 por el que se establecen las modalidades de aplicación del modelo comunitario de clasificación de las canales de cerdo.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31985R2967:ES:HTML [1]
REGLAMENTO (CE) Nº1197/2006 DE LA COMISIÓN de 7 de agosto de 2006 que modifica el Reglamento (CEE) nº2967/85 por el que se establecen las modalidades de aplicación del modelo comunitario de clasificación de las canales de cerdo.
http://www.besana.es/legislacion/leg/doce/REG2006-1197-6-7.pdf [2]
Decisión de la Comisión de 19 de diciembre de 2008 relativa a la autorización de métodos de clasificación de las canales de cerdo en España.
http://www.besana.es/sites/default/files/dec2008-19-12-79-82.pdf [3]
REGLAMENTO (CE) Nº 1249/2008 DE LA COMISIÓN de 10 de diciembre de 2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a los modelos comunitarios de clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino y a la comunicación de sus precios
http://www.besana.es/legislacion/leg/doce/REG2008-1249-3-30.pdf [4]
Real Decreto 1028/2011, de 15 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de porcino.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/RD2011-1028-87921-87930.pdf [5]
Decisión de Ejecución de la Comisión, de 12 de julio de 2012, que modifica la Decisión 2009/11/CE relativa a la autorización de métodos de clasificación de las canales de cerdo en España.
http://www.besana.es/sites/default/files/dec2012-12-07-32-35.pdf [6]
Reglamento de Ejecución (UE) nº 148/2014 de la Comisión, de 17 de febrero de 2014, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1249/2008 en lo que respecta a las categorías y clases para el registro de los precios de mercado en el sector de la carne de vacuno y al precio de mercado de las canales de porcino.
http://www.besana.es/sites/default/files/reg2014-148-1-2.pdf [7]