De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, de acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2013, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2012, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen las masas y producciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de forestación y cuidado de las masas, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y, por ultimo, los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para incendios forestales.
El seguro con coberturas crecientes para incendios forestales cubre los gastos necesarios para la repoblación y regeneración de la masa forestal y los daños causados sobre el corcho de reproducción por los riesgos y en la modalidad que figuran en el anexo I.
Solo serán asegurables las masas forestales de titularidad privada pertenecientes a personas físicas o jurídicas de derecho privado, ya sea individualmente o en régimen de copropiedad de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 43/2003, de Montes, de 21 de noviembre.
Orden ARM/3461/2011, de 12 de diciembre, por la que se definen las producciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de forestación y cuidado de las masas, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para incendios forestales, comprendido en el Plan 2012 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2011-3461-139737-139743.pdf [1]
Orden AAA/2898/2012, de 28 de diciembre, por la que se definen las masas y producciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de forestación y cuidado de las masas, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para incendios forestales, comprendido en el Plan 2013 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2013-2898-1645-1651.pdf [2]
Orden AAA/2522/2013, de 27 de diciembre, por la que se definen las masas y producciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de forestación y cuidado de las masas, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para incendios forestales, comprendido en el Plan 2014 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2014-2522-1749-1755.pdf [3]