De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados; con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla; con el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015, aprobado mediante el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 14 de noviembre de 2014, y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y, por último, los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos industriales textiles.
Son asegurables, con cobertura de los riesgos indicados en el anexo I, las distintas variedades de algodón, cáñamo textil y lino textil, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del periodo de garantía y esté ubicada en el ámbito de aplicación del seguro.
Son asegurables también las instalaciones de cabezal de riego y red de riego en parcelas, siempre que cumplan las especificaciones contenidas en el anexo II.
Período de suscripción:
Teniendo en cuenta los períodos de garantías anteriormente indicados y lo establecido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015, el plazo de suscripción del seguro regulado en la presente orden se iniciará el 1 de febrero de 2015, y finalizará en las siguientes fechas:
a) Algodón con cobertura de no nascencia: El 7 de abril de 2015.
b) Algodón sin cobertura de no nascencia: El 31 de mayo de 2015.
c) Lino y cáñamo textil: El 15 de agosto de 2015, excepto en las provincias de Alicante y Murcia, que finalizará el 30 de junio de 2015.
Orden AAA/71/2012, de 12 de enero, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos industriales textiles, comprendido en el Plan 2012 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2012-71-5200-5205.pdf [1]
Orden AAA/69/2013, de 24 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos industriales textiles, comprendido en el Plan 2013 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2013-69-24-01-7236-7244.pdf [2]
Orden AAA/94/2014, de 24 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos industriales textiles, comprendido en el Plan 2014 de Seguros Agrarios Combinados.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2014-94-6435.pdf [3]
Orden AAA/28/2015, de 14 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos industriales textiles, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2015-28-4417-4424.pdf [4]