La modificación de la Orden ARM/143/2010, de 25 de enero, se produce tras no incluirse en su artículo 2 las características del arte de palangre de superficie.
El Ministerio de Medio Ambiente y
Medio Rural y Marino (MARM) ha aprobado una Orden, que publica
el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que se modifica la norma
referida al Plan Integral de gestión para la conservación de los
recursos pesqueros en el Mediterráneo [1].
Para la elaboración de la Orden ARM/2023/2010 [2], ha emitido informe el Instituto
Español de Oceanografía, han sido consultadas las comunidades
autónomas y el sector pesquero afectado, y se ha cumplido el trámite
de comunicación a la Comisión Europea, según ha explicado el MARM en
un comunicado.
De este modo, el "artículo 2. Época de veda y características del
arte de palangre de superficie" prohíbe la pesca con palangre de
superficie del 1 de octubre al 30 de noviembre de cada año.
Además de las características descritas en la Orden
APA/2521/2006, por la que se regula la pesca con el arte de palangre
de superficie para la captura de especies altamente migratorias y
por la que se crea el censo unificado de palangre de superficie para
el Mediterráneo, serán preceptivas las características contenidas en
el sistema americano y en el tradicional.
Asimismo, a efectos de la medición del anzuelo, la longitud total
del mismo corresponderá a la extensión máxima de la caña, desde el
extremo del anzuelo que sirve para sujetarse al palangre hasta el
vértice del seno.
La anchura del anzuelo corresponderá a la mayor distancia
horizontal desde la parte exterior de la caña hasta la parte
exterior de la lengüeta.