Constituye el objeto de este real decreto establecer la regulación de la concesión de ayudas para el achatarramiento de tractores agrícolas con antigüedad mayor de quince años y la adquisición de tractores dedicados a la actividad agraria, en cuya homologación de tipo se haya cumplido con lo establecido en la Directiva 2003/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, relativa a la homologación de los tractores agrícolas o forestales, de sus remolques y de su maquinaria intercambiable remolcada, así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas de dichos vehículos y por la que se deroga la Directiva 74/150/CEE, y en concreto con las con las fases de emisiones: Fase IIIA, Fase IIIB y Fase IV, de la misma, así como con el conjunto de requisitos establecidos en esta norma.
Las ayudas se concederán al achatarramiento de tractores agrícolas antiguos y su sustitución por tractores nuevos, y cuyas solicitudes se hayan registrado en el sistema electrónico de gestión de la subvención antes del 31 de diciembre de 2014, salvo agotamiento previo del presupuesto, conforme a lo previsto en la presente disposición.
Convocatoria 2014 (Resolución de 30 de abril de 2014)
Mediante la presente resolución se establece, en régimen de concesión directa, la convocatoria, para el ejercicio 2014, de las ayudas establecidas en el Real Decreto 147/2014, de 7 de marzo, por el que se regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente para la renovación de tractores agrícolas «PIMA Tierra», bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados en el mencionado real decreto y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.