Criterios de prioridad:
a) Agricultor a título principal.
b) Apicultor profesional.
c) Porcentaje de renta agraria.
Deberán cumplir los siguientes requisitos:
-No ser beneficiario, en la misma campaña, de las ayudas a la apicultura para la mejora de la biodiversidad en zonas frágiles (Medida 10 del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, regulado en la Orden de 5 de mayo de 2003).
- Titulares de explotaciones apícolas que posean más de 50 colmenas inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Apícolas, según la normativa vigente, a la entrada en vigor de la Resolución por la que se convoquen anualmente estas ayudas.
- El apicultor deberá contar con una superficie de pecoreo, de cultivo o pastizal ecológico de al menos una hectárea por colmena, calculándose la ayuda hasta un máximo computable de una hectárea por colmena.
- Los titulares deberán estar inscritos en un Órgano de control autorizado por la Consejería de Agricultura y Pesca y renovar anualmente dicha inscripción.
En caso de ser el primer año de inscripción, este certificado podrá sustituirse por la ficha de datos de la explotación.
Los nuevos solicitantes aportarán junto con la solicitud de ayuda, copia de la inscripción en el Organismo de control.
La Consejería de Agricultura y Pesca solicitará directamente al organismo de control, la presentación de la ficha de datos de la explotación o certificados anuales de producción ecológica, de los solicitantes de estas ayudas.
- Las superficies sobre las que se asienten las colmenas deben estar inscritas en el correspondiente organismo de control como ecológicas, y cumplir estrictamente con lo establecido en el Reglamento 2092/91 del Consejo, de 22 de julio sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios y con el Reglamento 1804/99 del Consejo, de 19 de julio de 1999, por el que se completa, para incluir las producciones animales, el Reglamento (CEE) núm. 2092/91.
Compromisos:
- Cumplir los compromisos establecidos respecto a la apicultura dentro del Reglamento 1804/99, sobre producción ganadera ecológica, para los nuevos inscritos.
- Elaborar un plan de conversión cuyo resultado será la obtención de la correspondiente Licencia por el organismo de control.
- Llevar una contabilidad adecuada y registro adecuados sobre materias primas adquiridas y productos que salgan de la explotación.
- Disponer de un certificado de conformidad emitido por el organismo de control correspondiente, donde se recoja el cumplimiento de los requisitos de producción ecológica por parte del beneficiario.
-Comercialización de la producción ecológica una vez superada la fase de reconversión; a estos efectos se requerirá la presentación de las facturas de venta donde deberá estar indicado que dicho producto es de producción ecológica.
- Mantener actualizado el Libro de Registro de la Explotación apícola según la normativa vigente.
- Mantener más de 50 colmenas, con una densidad de una colmena por hectárea.