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Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y otras organizaciones, federaciones o asociaciones vinculadas a actividades relacionadas con la gestión sostenible del medio natural andaluz

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29 de Noviembre de 2011
Objetivo: 

La presente Orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias, y otras Entidades, Asociacio nes o Federaciones relacionadas con el medio natural que, por el número de afiliados con que cuenten y los medios humanos y materiales de que dispongan, puedan apoyar la necesaria gestión sostenible del monte mediterráneo, contribuyendo al desarrollo del mundo rural andaluz y a la conservación de nuestro Patrimonio Natural, mediante tareas de información, divulgación y asesoramiento.

Convocatoria 2011

Convocar para el ejercicio 2011 la concesión de subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias y otras Organizaciones, Federaciones o Asociaciones vinculadas a actividades relacionadas con la gestión sostenible del medio natural andaluz según las bases reguladoras establecidas en la Orden de 4 de febrero de 2009, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 34, de 19 de febrero de 2009.

Concepto: 

Las ayudas tendrán como objetivos sensibilizar, concienciar y asesorar a agricultores, ganaderos, selvicultores, cazadores, pescadores y otros ciudadanos del medio rural en materias como la prevención y lucha contra los incendios forestales, la potenciación y el aprovechamiento de los recursos forestales, el control de los procesos de erosión y desertificación de los suelos, la restauración de los ecosistemas degradados, el mantenimiento de la biodiversidad, la producción ecológica y el aprovechamiento de las especies cinegéticas y piscícolas.

Beneficiario: 

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas que regula la presente Orden las Organizaciones Profesionales Agrarias que cumplan las condiciones siguientes:

a) Estén legalmente constituidas y sus Estatutos fijen como ámbito de actuación la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Sean miembros de pleno derecho del Comité de Organizaciones Agrarias de la Unión Europea.

c) Que tengan implantación efectiva en todo el territorio andaluz, y desempeñen actividades encaminadas a la conservación del Medio Natural.

d) Tengan una implantación actual y continuada en Andalucía durante, al menos, los últimos cuatro años.

e) Dispongan de oficinas abiertas y recursos humanos suficientes, en todas las provincias andaluzas, para posibilitar la ejecución de las actividades a desarrollar.

f) Cuenten con más de cinco mil afiliados.

2. Además podrán solicitar estas ayudas Asociaciones o Federaciones que cumplan los requisitos a), d), e) y f), entre cuyos objetivos figuren los recogidos en la presente Orden con relación a la producción ecológica, la caza deportiva y la pesca continental.

Periodo: 

El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicada el 29/11/2011).

Importe: 

La financiación de estas ayudas se realizará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias con cargo al presupuesto presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente para 2009. La subvención máxima a conceder será de 370.000 euros.

Solicitud: 

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Consejería de Medio Ambiente, en sus Delegaciones Provinciales, o en los lugares y por los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, ajustándose al modelo oficial que figura en el Anexo I de la presente Orden. Además se podrán presentar las solicitudes en la página web de dicha Consejería, cuya dirección es
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente.

Viernes, 29 de Marzo de 2024
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