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AYUDAS A TITULARES DE SUPERFICIES QUE ESTUVIERON INTEGRADAS EN DETERMINADOS PLANES DE MEJORA DE LA CALIDAD Y LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS FRUTOS DE CÁSCARA Y LAS ALGARROBAS.

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28 de Enero de 2005
Objetivo: 

El Consejo de Ministros de Agricultura de la Unión Europea, en su reunión del 26 de junio de 2003, ha decidido establecer un régimen de ayuda permanente al sector de los frutos de cáscara y las algarrobas que entrará en vigor el 1 de enero de 2004. Dicho régimen ha quedado concretado en los artículos 83 a 87 del Reglamento (CE) 1782/2003, del Consejo, de 29 de septiembre de 2003.

La Orden de 11 de diciembre de 2003, tiene por objeto establecer las normas para la aplicación en Andalucía de las ayudas previstas en la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación APA/3184/2003, de 14 de noviembre, sobre ayudas a titulares de superficies que estuvieron integradas en determinados planes de mejora de la calidad y la comercialización de los frutos de cáscara y las algarrobas, así como establecer una ayuda complementaria que se financiará por esta Comunidad Autónoma con cargo a sus presupuestos.

Concepto: 

En tanto se establece la ayuda comunitaria permanente, que entrará en vigor el 1 de enero de 2004, se considera necesario no interrumpir la ayuda al sector en el año 2003, en relación con los planes de mejora o superficies que en el año 2002 hayan cumplido diez anualidades, ya que se pondría en
riesgo la estabilidad de aquél.

Beneficiario: 

Los titulares de superficies que se hayan acogido a planes de mejora de la calidad y de la comercialización de frutos de cáscara y de las algarrobas a que se refiere el Título II bis del Reglamento (CEE) n.o 1035/72.
Las ayudas se abonarán a las personas mencionadas en el apartado anterior a través de las correspondientes organizaciones de productores de frutas y hortalizas, reconocidas.

a) Haber estado incluidas en la certificación para la solicitud de ayuda de un plan de mejora que en el año 2002 haya cumplido su décima anualidad o para la obtención de la prórroga financiera a que se refiere el Reglamento (CE) 545/2002, o haber sido incluidas en algún plan aprobado en 1992 y certificadas en la solicitud de ayuda correspondiente a la anualidad 2001-2002 de un plan de mejora que no haya cumplido su décima anualidad.

b) Haber sido sometidas a las mejoras de técnicas de cultivo incluidas en los planes de mejora.

c) Estar incluidas entre los recursos productivos de una Organización de Productores reconocida de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento (CE) 2200/96.

Periodo: 

Hasta el día 9 de diciembre de 2003, inclusive.

Importe: 

Se concederá una ayuda comunitaria general de 241,50 euros por hectárea a las plantaciones de los productos contemplados.

Complementariamente, a las plantaciones de avellano se les asignará una ayuda comunitaria adicional de 105 euros por hectárea.

Las ayudas serán sufragadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en la cuantía de 120,75 euros por hectárea, que se reducirá, en su caso, para no sobrepasar las disponibilidades presupuestarias destinadas a dicho fin, en función de la superficie con derecho a ayuda incluida en las solicitudes.

La ayuda complementaria sufragada por la Comunidad Autónoma Andaluza ascenderá a 80 euros por hectárea que haya sido considerada con derecho a la ayuda estatal, auxiliándose hasta un máximo de cincuenta hectáreas de la superficie del titular acogida a los planes de mejora.

La cuantía de las ayudas se reducirá en su caso, para no sobrepasar las disponibilidades presupuestarias destinadas a dicho fin, en función de la superficie con derecho a ayuda incluida en las solicitudes. La concesión de las ayudas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes y se efectuará mediante el régimen de concurrencia no competitiva.

Solicitud: 

Las organizaciones de productores presentarán las solicitudes ante el órgano competente de cada una de las Comunidades Autónomas donde radiquen las parcelas de sus asociados, por el importe de su superficie. En la Comunidad Autónoma Andaluza se dirigirán a la Dirección General de la Producción Agraria.

Jueves, 25 de Abril de 2024
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