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SUBVENCIONES A EMPRESAS AGROALIMENTARIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS

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16 de Julio de 2008
Objetivo: 

1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a grandes empresas para la transformación y comercialización de productos agrícolas, entendiéndose como tales los definidos en el punto VI de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013.

2. Las grandes empresas objeto de subvención serán aquellas con 750 empleados o más y un volumen de negocio de 200 millones de euros o superior.

Concepto: 

Esta ayuda regional a la inversión, constituye un verdadero efecto de incentivo que favorecerá inversiones que de lo contrario no se realizarían. De esta manera pretende contribuir al desarrollo de la Comunidad Autónoma Andaluza, fomentando

la inversión y la creación de empleo en un contexto de desarrollo sostenible, incitando a las empresas a crear nuevos establecimientos en la región.

Beneficiario: 

1. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente Orden las personas físicas y jurídicas, que ejerzan y asuman las actividades de transformación y comercialización de productos agrícolas en Andalucía y sean responsables finales de la financiación de las inversiones y titulares de Grandes empresas con 750 empleados o más y un volumen de negocio de 200 millones de euros o superior.

2. Quedan excluidas las sociedades civiles, comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas que carezcan de personalidad jurídica.

Periodo: 

estableciéndose un plazo para la presentación de solicitudes de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. (Fecha de publicación 16/07/2008)

Importe: 

Las subvenciones que se concedan no podrán superar el 20% de la inversión subvencionable y su importe deberá ser inferior a 22,5 millones de euros

Solicitud: 

Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo que figura en el Anexo 1 a la presente Orden. Los modelos de solicitud se podrán obtener y cumplimentar en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca en la dirección www. juntadeandalucia/agriculturaypesca, así como en el portal «andaluciajunta. es» anteriormente indicado. Igualmente estarán a disposición de los interesados en la Consejería de Agricultura y Pesca y sus Delegaciones Provinciales.

Viernes, 29 de Marzo de 2024
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