Besana

 

Subvenciones para la transformación y comercialización de productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013

Versión para impresiónVersión PDF
2 de Julio de 2015
Objetivo: 

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la transformación y comercialización de productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, entendiéndose como productos agrícolas los definidos en el apartado 6 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (DO C 319 de 27.12.2006). Asimismo, tiene por objeto hacer pública la convocatoria de estas ayudas correspondiente al año 2009.

Concepto: 

Conceptos subvencionables convocatoria 2014.

 

Inversiones subvencionables

 

1. Las subvenciones reguladas en esta Orden tienen como finalidad contribuir al aumento de la competitividad del sector y el aumento del valor añadido de los productos agrícolas, mediante la realización de una o más de las siguientes actuaciones:

a) Orientar la producción de acuerdo con las tendencias del mercado que se prevean o fomentar nuevas salidas al mercado.

b) La mejora o racionalización de los procedimientos de manipulación y transformación de productos agrícolas y de los canales de comercialización.

c) La mejora del acondicionamiento y la presentación de los productos agrícolas y el fomento de un mejor uso de los subproductos generados en los distintos procesos productivos del sector.

d) La aplicación de nuevas tecnologías y el fomento de las inversiones innovadoras.

e) La mejora y control de la calidad y de las condiciones sanitarias.

f) La diversificación de las producciones agroalimentarias.

g) La vertebración empresarial.

 

2. Las inversiones no deberán haber comenzado antes de que:

a) Conforme a lo dispuesto en el artículo 130.1 del Reglamento (UE, EURATOM) núm. 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, se haya publicado la propuesta de resolución provisional y

b) Se haya levantado la correspondiente acta de no inicio por la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la provincia donde se vayan a realizar las inversiones.

Beneficiario: 

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente Orden las personas físicas y jurídicas, que ejerzan y asuman las actividades de transformación y comercialización de productos agrícolas en Andalucía y sean responsables finales de la financiación de inversiones y titulares de:

a) Microempresas, pequeñas y medianas empresas entendiéndose como tales las que reúnan los requisitos del artículo 2 del Anexo de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, (DO L 124, 20.5.2003),

b) Grandes empresas, no contempladas en el artículo 2.1 de la citada Recomendación, con menos de 750 empleados o volumen de negocio inferior a 200 millones de euros. Quedan excluidas las sociedades civiles, comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas que carezcan de personalidad jurídica.

Importe: 

Las subvenciones totales que se concedan no podrán superar el 50% de la inversión subvencionable, en el caso de microempresas, pequeñas y medianas empresas definidas en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, antes citada, y previstas en el apartado 1.a) del artículo 3 de la presente Orden. Para las empresas previstas en el apartado 1.b) del artículo 3 de la presente Orden, la intensidad máxima de la ayuda se reducirá a la mitad, y no podrán superar el 25%.

Solicitud: 

Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente Orden. Los modelos de solicitud se podrán obtener y cumplimentar en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca en la dirección www.juntadeandalucia/agriculturaypesca, así como en el portal «andaluciajunta.es» anteriormente indicado. Igualmente estarán a disposición de los interesados en la Consejería de Agricultura y Pesca y en sus Delegaciones Provinciales. Solamente se podrá presentar una solicitud por interesado, sector, localidad y establecimiento en cada convocatoria.

Jueves, 28 de Marzo de 2024
twitter
facebook
rss
version movil
selector selector selector
selector selector selector
selector selector selector
Tarifas Publicitarias
Banco de Alimentos de Sevilla

Besana Portal Agrario : Portal sectorial con noticias e información técnica sobre los sectores agrícola, ganadero, pesquero e industria agroalimentaria.
Besana Portal Agrario S.A. Astronomía 1. Torre 2 . Planta 9. Oficinas 3 y 4. 41015. Sevilla
Hosting Plesk en CentroRed.com Servidor VPS - Una web Jambon Iberique
© Besana Portal Agrario S.A. 2012 .Todos los derechos reservados. Aviso legal. Política de privacidad.Version accesible.