Besana

 

Estatutos del organismo autónomo Agencia Andaluza del Agua

Versión para impresiónVersión PDF
10 de Junio de 2009
Objeto: 

 

De conformidad con el artículo 48 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, la Agencia Andaluza del Agua, en adelante la Agencia, es un organismo autónomo de carácter administrativo de la Junta de Andalucía, adscrito a la Consejería competente en materia de aguas. A todos los efectos la Agencia será considerada como la Administración hidráulica de la Junta de Andalucía.

Concepto: 

CAPITULO I
NATURALEZA Y PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Artículo 1. Naturaleza y adscripción
Artículo 2. Principios de organización y funcionamiento
Artículo 3. Sede
CAPITULO II
FUNCIONES
Artículo 4. Funciones.
CAPITULO III
ORGANIZACIÓN
SECCIÓN PRIMERA. ESTRUCTURA
Artículo 5. Organos de gobierno, gestión, coordinación y consulta de la Agencia.
Artículo 6. Servicios provinciales.
Artículo 7. Participación paritaria.
SECCIÓN SEGUNDA. DE LA PRESIDENCIA
Artículo 8. La Presidencia.
SECCIÓN TERCERA. DE LA DIRECCIÓN GERENCIA
Artículo 9. La Dirección Gerencia.
Artículo 10. Atribuciones de la Dirección Gerencia.
Artículo 11. Estructura de la Dirección Gerencia
Artículo 12. Dirección General de planificación y gestión.
Artículo 13. Dirección General de la cuenca mediterránea andaluza.
Artículo 14. El Instituto del Agua de Andalucía
SECCIÓN CUARTA. DE LA COMISIÓN DEL AGUA DE LA CUENCA MEDITERRÁNEA ANDALUZA  Y EN LA CUENCA  ATLÁNTICA ANDALUZA  
Artículo 15. Funcionamiento de  la Comisión del Agua en la  Cuenca Mediterránea Andaluza y en la Cuenca Atlántica Andaluza
Artículo 16. Composición del pleno.
Artículo 17. Funciones del pleno.
Artículo 18. Composición y funciones de la comisión permanente.
SECCIÓN QUINTA. DEL CONSEJO INTERDEPARTAMENTAL
Artículo 19. El Consejo Interdepartamental.
1. El Consejo Interdepartamental de la Agencia, estará compuesto por:
CAPITULO IV
RÉGIMEN DE PERSONAL, ECONÓMICO Y PATRIMONIAL
Artículo 20. Del personal de la Agencia
Artículo 21. Régimen económico, financiero y presupuestario.
Artículo 22. Patrimonio.
CAPITULO V
RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 23. Régimen de contratación.
Artículo 24. Régimen de expropiación forzosa.
Artículo 26. Potestad sancionadora
Artículo 25. Recursos administrativos.

 

Jueves, 28 de Marzo de 2024
twitter
facebook
rss
version movil
selector selector selector
selector selector selector
selector selector selector
Tarifas Publicitarias
Banco de Alimentos de Sevilla

Besana Portal Agrario : Portal sectorial con noticias e información técnica sobre los sectores agrícola, ganadero, pesquero e industria agroalimentaria.
Besana Portal Agrario S.A. Astronomía 1. Torre 2 . Planta 9. Oficinas 3 y 4. 41015. Sevilla
Hosting Plesk en CentroRed.com Servidor VPS - Una web Jambon Iberique
© Besana Portal Agrario S.A. 2012 .Todos los derechos reservados. Aviso legal. Política de privacidad.Version accesible.