Besana

 

Seguro para la cobertura de daños por sequía en pastos

Versión para impresiónVersión PDF
25 de Junio de 2012
Objeto: 

De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre de 1978, sobre Seguros Agrarios Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, de acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2012, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de octubre de 2011 y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro para la cobertura de los daños por sequía en pastos.

 

Concepto: 

En la orden se detallan aspectos relativos a:

Artículo 1. Explotaciones, titularidad del seguro y animales asegurables.

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 3. Condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo y requisitos necesarios en la contratación del seguro.

Artículo 4. Ámbito de aplicación.

Artículo 5. Periodos de garantía.

Artículo 6. Valor del suplemento de alimentación.

Artículo 7. Período de suscripción y entrada en vigor del seguro.

Disposición adicional primera. Autorizaciones.

Disposición adicional segunda. Consulta y verificación de la información.

Disposición final primera. Facultad de desarrollo.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Periodo: 

Teniendo en cuenta los períodos de garantía anteriormente indicados, los períodos de suscripción para todas las opciones, en función de los Grupos de Comarcas serán los siguientes:

a) Grupo 1 Pirineos: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de diciembre.

b) Grupo 2 Cantábrico: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de octubre.

c) Grupo 3 Resto Aragón y Cataluña: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 30 de noviembre.

d) Grupo 4 Centro:

Opciones A y B: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de agosto.

Opciones C y D: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de octubre.

e) Grupo 5 Extremadura:

Opciones A y B: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de agosto.

Opciones C y D: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de octubre.

f) Grupo 6 Andalucía y Baleares: Se iniciará el 1 de julio y finalizará el 31 de octubre.

El seguro entrará en vigor una vez pagada la prima única por el tomador del seguro, siempre que previa o simultáneamente se haya formalizado la declaración de seguro.

3. La toma de efecto se producirá el día de inicio del período de garantía.

Sábado, 20 de Abril de 2024
twitter
facebook
rss
version movil
selector selector selector
selector selector selector
selector selector selector
L M M J V S D
1
 
2
 
3
 
4
 
5
 
6
 
7
 
8
 
9
 
10
 
11
 
12
 
13
 
14
 
15
 
16
 
17
 
18
 
19
 
20
 
21
 
22
 
23
 
24
 
25
 
26
 
27
 
28
 
29
 
30
 
 
 
 
 
 
Tarifas Publicitarias
Banco de Alimentos de Sevilla

Besana Portal Agrario : Portal sectorial con noticias e información técnica sobre los sectores agrícola, ganadero, pesquero e industria agroalimentaria.
Besana Portal Agrario S.A. Astronomía 1. Torre 2 . Planta 9. Oficinas 3 y 4. 41015. Sevilla
Hosting Plesk en CentroRed.com Servidor VPS - Una web Jambon Iberique
© Besana Portal Agrario S.A. 2012 .Todos los derechos reservados. Aviso legal. Política de privacidad.Version accesible.