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Declaraciones obligatorias del sector vitivinícola por parte de los viticultores.

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1 de Agosto de 2015
Objeto: 

Se abre el plazo de presentación de declaraciones obligatorias del sector vitivinícola por parte de los viticultores, en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1303/2009, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y por el que se modifica el Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

Concepto: 

De conformidad, con lo establecido en los artículos 4 y 6 del Real Decreto  1303/2009, de 31 de julio, anteriormente citado, el plazo de presentación de declaraciones comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden (publicada el 3/12/2009) y finalizará de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 6 del Real Decreto 1303/2009, de 31 de julio, anteriormente citado.

Jueves, 18 de Abril de 2024
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