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Posibilidades de pesca disponibles en aguas de la UE en el caso de buques de la UE, en determinadas aguas no pertenecientes a la UE para determinadas poblaciones de peces y grupos de poblaciones de peces sujetas a negociaciones o acuerdos internacionales

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23 de Junio de 2015
Objeto: 

El presente Reglamento establece las posibilidades de pesca disponibles en aguas de la UE y, en el caso de los buques de la UE, en determinadas aguas no pertenecientes a la UE para determinadas poblaciones de peces que están sujetas a negocia­ciones o acuerdos internacionales.

Concepto: 

Las posibilidades de pesca mencionadas en el apartado 1 incluyen:

a) las limitaciones de capturas para el año 2015 y, cuando se especifiquen en el presente Reglamento, para el año 2016;

b) las limitaciones del esfuerzo pesquero para el período comprendido entre el 1 de febrero de 2015 y el 31 de enero de 2016, salvo cuando en los artículos 9, 29 y 31 se establecen otros períodos de limitaciones del esfuerzo;

c) las posibilidades de pesca para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015 con respecto a determinadas poblaciones de la zona de la Convención CCRVMA;

d) las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de la zona de la Convención CIAT establecidas en el artículo 32 para los periodos de 2015 y 2016 que en él se especifican.

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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