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El MARM regula la implantación del diario electrónico en los buques pesqueros de la flota española

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25 de Noviembre de 2009
Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino
El MARM regula la implantación del diario electrónico en los buques pesqueros de la flota española
El MARM regula la implantación del diario electrónico en los buques pesqueros de la flota española

La Orden Ministerial define el equipo mínimo necesario para el registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad pesquera, de acuerdo con la normativa comunitaria.

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ha regulado, en una Orden Ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado, la implantación del diario electrónico en los buques pesqueros españoles.

En ella se define el equipo mínimo necesario para el registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad pesquera, de acuerdo con la normativa comunitaria.

El Reglamento comunitario prevé que los capitanes de los buques pesqueros comunitarios lleven un diario a bordo en el que anoten su actividad pesquera y que, después de cada marea, y en las 48 horas siguientes al desembarque, éstos o sus representantes presenten una declaración de desembarque.

Esta obligación afectará a los buques pesqueros españolas de eslora total superior a 24 metros a partir del 1 de enero de 2010, con independencia de las aguas en las que desarrollen sus operaciones de pesca o de los puertos en los que desembarquen sus capturas.

En el transcurso de una marea, los capitanes de los buques pesqueros afectados por esta Orden Ministerial, estarán obligados a la transmisión electrónica a la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura del MARM de los datos anotados en el diario electrónico a bordo al menos una vez al día y antes de las 24 horas GMT. Esta comunicación deberá hacerse, incluso, en el caso de que no se hayan efectuado capturas.

Quedan excluidos de esta obligación los buques pesqueros que, aún teniendo la eslora citada, realicen mareas cuya duración no supere las 24 horas, siempre que estas mareas se lleven a cabo en aguas de soberanía o jurisdicción españolas y las capturas se desembarquen en puertos españoles. También quedan exentos de la misma los buques cuya utilización sea exclusivamente la acuicultura.

La Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura del MARM hará entrega, con carácter gratuito, a los buques de eslora total superior a 24 metros de una aplicación informática DEA (diario electrónico a bordo) para su instalación en el equipo informático de recogida de datos.

Jueves, 25 de Abril de 2024
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