Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
El objeto de la presente Orden es regular la captura y comercialización del erizo de mar (Paracentrotus lividus), erizo negro (Arbacia lixula) y la anémona de mar (Anemoniasulcata) en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La captura de estas especies sólo podrá realizarse en las zonas de producción de moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos, tunicados y equinodermos marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, declaradas mediante la Orden de 15 de julio de 1993, modificada por la de 25 de marzo de 2003.
El presente Reglamento se aplicará a los desembarques en la
Comunidad realizados por buques pesqueros comunitarios y de
terceros países, o a los realizados en terceros países por buques
pesqueros comunitarios, de cantidades que sean superiores, en
cada desembarque, a 10 toneladas de arenque (Clupea harengus),
caballa (Scomber scombrus) y jurel (Trachurus spp.), o una combinación de estas especies, capturadas en:
a) las zonas CIEM (5) I, II, IIIa, IV, Vb, VI y VII, por lo que
respecta al arenque;
b) las zonas CIEM IIa, IIIa, IV, VI y VII, por lo que se refiere a la
caballa y el jurel.
Establecer el régimen de almacenamiento aplicable a las pasas y a los higos secos sin transformar.
Fijar las normas de comercialización de los melones.
Sin perjuicio de las excepciones previstas en la normativa comunitaria específica de determinados productos, el presente Reglamento establece las disposiciones comunes de aplicación del régimen de certificados de importación, de exportación y de fijación anticipada, denominados en lo sucesivo «certificados».
Homologar el contrato-tipo de compraventa de pimiento fresco con destino a su transformación en pimentón.
Este real decreto tiene por objeto regular la financiación y ejecución de las actuaciones urgentes de mejora y consolidación de regadíos que se recogen en el anexo como «Programa de Actuaciones», con la finalidad de obtener un ahorro de agua capaz de mitigar los efectos de la sequía en el regadío.