Normativas de Medio Ambiente Caza y Pesca
Normativas de Medio Ambiente Caza y Pesca
La Carta de Servicios de la Caza, la Pesca Continental y otros aprovechamientos de la Flora y la Fauna Silvestres de la Dirección General de Gestión del Medio Natural tiene como propósito facilitar a los usuarios y usuarias, en su calidad de clientes externos/internos, la obtención de información, los mecanismos y la posibilidad de colaborar activamente en la mejora de los servicios proporcionados por el Servicio de Conservación de Flora y Fauna Silvestres y por sus correspondientes servicios periféricos en las Delegaciones Provinciales.
La licencia de caza es el documento nominal e intransferible cuya tenencia es necesaria para practicar la caza dentro del territorio andaluz.
Para la obtención de la licencia de caza es necesaria la previa superación de un examen o la realización de un curso con aprovechamiento que acredite la aptitud y conocimientos sobre las materias relativas a la caza y acreditación de la concertación del seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador.
Estos exámenes y cursos son organizados por la Consejería.
Estas licencias son objeto de inscripción en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental.
Inscripción en el Registro de Caza y Pesca a todos los ciudadanos que estén habilitados para el ejercicio de la caza y la pesca continental. A todas las personas habilitadas se le expedirá una tarjeta de identificación, que será necesaria para la expedición de la licencia de caza o pesca.