Normativas de Medio Ambiente Medio Físico
Normativas de Medio Ambiente Medio Físico
Se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, recogido en el anexo de la presente norma, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
La obtención de resultados homogéneos y sistemáticos en el conjunto de la planificación hidrológica, partiendo de la heterogeneidad intrínseca y de las diferentes características básicas de cada plan hidrológico.
La presente Ley establece el régimen jurídico que rige la adopción de las medidas necesarias para lograr o mantener el buen estado ambiental del medio marino, a través de su planificación, conservación, protección y mejora.
En su calidad de bien de dominio público, se asegurará un uso sostenible de los recursos del medio marino que tenga en consideración el interés general.
Los instrumentos esenciales de planificación del medio marino son las estrategias marinas, definidas en el Título II de la presente ley, las cuales perseguirán como objetivos específicos, los siguientes:
a) Proteger y preservar el medio marino, incluyendo su biodiversidad, evitar su deterioro y recuperar los ecosistemas marinos en las zonas que se hayan visto afectados negativamente;
b) Prevenir y reducir los vertidos al medio marino, con miras a eliminar progresivamente la contaminación del medio marino, para velar por que no se produzcan impactos o riesgos graves para la biodiversidad marina, los ecosistemas marinos, la salud humana o los usos permitidos del mar.
c) Garantizar que las actividades y usos en el medio marino sean compatibles con la preservación de su biodiversidad.
Establecer medidas de apoyo a los titulares de las explotaciones agrarias de regadío situadas en los ámbitos territoriales afectados por la sequía, cuando hayan tenido una dotación igual o inferior al 50% de la normal. Dichos ámbitos figuran relacionados en el anexo 1.
Asimismo, tiene por objeto paliar el desequilibrio económico producido a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla debido a los contratos de cesión temporal de derechos, necesarios para garantizar el abastecimiento de sus poblaciones.
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de
los Premios de Investigación e Innovación Tecnológica en la Lucha contra la Contaminación Marítima y del Litoral, que se crean para distinguir los estudios, proyectos y tesis de investigación o de innovación, en el campo de la tecnología aplicada a la lucha contra la contaminación marítima y del litoral.
La Comunidad Autónoma de Andalucía, por su climatología y características naturales, presenta un alto riesgo de incendio forestal durante los meses más cálidos del año. En este período, cualquier negligencia puede desencadenar situaciones verdaderamente catastróficas.
Ello obliga a los poderes públicos a adoptar medidas tendentes a disminuir en la medida de lo posible las situaciones que provocan riesgo de incendio forestal, y en especial aquellas que conllevan el uso del fuego o la circulación de vehículos a motor por los terrenos forestales y zonas próximas a estos, en la misma línea de las que ya se establecieron en pasados años mediante las Órdenes de 15 de mayo de 2006 y 18 de mayo de 2007.
la presente Directiva trata de la calidad de las aguas continentales y se aplicará a las aguas que requieren protección o mejora para ser aptas para la vida de los peces, declaradas como tales por los Estados miembros.
La Ley 7/1994 establece tres figuras reglamentarias que, de mayor a menor exigencia, son: Evaluación de Impacto Ambiental, Informe Ambiental y Calificación Ambiental
La Ley 7/1994 establece tres figuras reglamentarias que, de mayor a menor exigencia, son: Evaluación de Impacto Ambiental, Informe Ambiental y Calificación Ambiental.