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Detectadas deficiencias en la información obligatoria que debe acompañar a los productos alimenticios envasados

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16 de Marzo de 2015
Junta de Andalucía
No indicar la fecha de caducidad, la razón social del fabricante o la cantidad neta, los principales incumplimientos

Los servicios provinciales de Consumo de la Junta de Andalucía han detectado irregularidades en la información obligatoria que debe acompañar a los productos alimenticios envasados por los comerciantes, principalmente relacionadas con la identificación del responsable, el marcado de fechas y la cantidad neta. Las infracciones se han hallado en el marco de una campaña nacional realizada en 2014 para comprobar el cumplimiento de la normativa y asegurar, en especial, la legalidad, transparencia y accesibilidad de la información.

El objetivo es evitar que se vulneren los derechos de los consumidores en el etiquetado de los productos, en especial el de una información veraz. Con esta finalidad, los inspectores de la Junta han visitado 110 establecimientos y han abierto 40 actas positivas por irregularidades o incumplimientos (27,6% del total). Las principales deficiencias se han detectado en frutas y verduras (65,6%), bebidas alcohólicas (50%) y carne y derivados (42,8%).

De los productos envasados analizados en el 31% no figura el nombre, la razón social o la denominación del fabricante o el envasador y en el 22,4% no se indica la fecha de duración mínima o de caducidad. Igualmente, se ha detectado que el 20,4% de los productos no indican la cantidad de neta y en casi el 18% no figura el precio por unidad de medida en los casos que debe indicarse.

Por su parte, en los productos no envasados por el titular del comercio la principal irregularidad es que no muestran el precio por unidad (13,3% de los analizados) y casi el 10% no señalan el nombre, la razón social o el fabricante.

Recomendaciones

La Secretaría General de Consumo recomienda, antes de adquirir un producto, leer detenidamente el etiquetado, que debe ser visible, legible, comprensible, e imborrable, además de figurar en castellano y en un lugar destacado, como exige la normativa en vigor.

También debe comprobarse que los productos incluyen las informaciones referidas anteriormente y que han sido motivo de la apertura de actas por infracción. Asimismo se debe prestar atención a otros aspectos como el precio indicado, que debe incluir el IVA y otros impuestos si los tuviera, de modo que el que aparezca en la etiqueta sea final, sin que pueda incrementarse en el momento de efectuar el pago.

En la plataforma multicanal de Consumo Responde y en las redes sociales (http://www.youtube.com/watch?v=uiSQYA5o9a4) se puede obtener más información sobre el etiquetado de alimentos con consejos y recomendaciones, garantías y derechos de las personas consumidoras y usuarias y la forma de ejercerlos.

Lunes, 1 de Julio de 2024
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