Requisitos:
a) Estar en posesión del título de Patrón de Altura para buques de pesca
b) Haber cumplido 600 días de embarco con posterioridad a la fecha de obtención del título de Patrón de Altura o Patrón de Pesca de Altura
c) Haber aprobado el examen correspondiente.
Atribuciones:
a) Mando de buques de pesca dedicados a cualquier clase de pesca, sin limitación de tonelaje ni distancia de la costa.
b) Enrolarse como Primer Oficial de Puente, en buques pesqueros dedicados a cualquier clase de pesca.
REAL DECRETO 1833/2004, de 27 de agosto, por el que se fijan los requisitos para la obtención del título de Capitán de Pesca y las atribuciones que éste confiere. RD2004-1833-30162-30163.pdf
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