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Acreditación de los inspectores de la inspección pesquera

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16 de Abril de 2007
Concepto: 

Acreditación.
1. El personal de la Inspección Pesquera, los Guardapescas Marítimos, así como el personal de apoyo a la Inspección Pesquera, actuarán siempre debidamente acreditados mediante una tarjeta de identificación, expedida al efecto por la Dirección General de Pesca y Acuicultura, que deberá exhibir en el ejercicio de sus funciones y que deberá encontrarse en vigor.

2. La tarjeta de identificación será expedida por 5 años se ajustará a los modelos que figuran en el Anexo I, para los Inspectores Pesqueros, y en el Anexo II, para los Guardapescas Marítimos y el personal de apoyo a la Inspección Pesquera.

Periodo: 

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sábado, 4 de Mayo de 2024
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