La presente Directiva se aplicará a la producción, con vistas a la comercialización, y a la comercialización de las patatas de siembra dentro de la Comunidad.
Esta no se aplicará a las patatas de siembra cuyo destino probado sea la exportación a terceros paÌses.
Directiva 2002/56/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la comercialización de patatas de siembra.
http://www.besana.es/sites/default/files/dir2002-60-73.pdf
Decisión de la Comisión, de 19 de diciembre de 2003, por la que se autoriza la adopción, contra determinadas enfermedades, de medidas más estrictas que las previstas en los anexos I y II de la Directiva 2002/56/CE del Consejo respecto de la comercialización de patatas de siembra en todo el territorio de determinados Estados miembros o en una parte del mismohttp://www.besana.es/legislacion/leg/doce/DEC2004-247-249.pdf
Decisión de la Comisión, de 22 de diciembre de 2003, por la que se autoriza a los Estados miembros a adoptar, con carácter temporal, medidas de urgencia contra la propagación de Pseudomonas solanacearum (Smith) Smith, con respecto a Egiptohttp://www.besana.es/legislacion/leg/doce/DEC2004-250-254.pdf
Directiva de Ejecución 2013/63/UE de la Comisión, de 17 de diciembre de 2013, por la que se modifican los anexos I y II de la Directiva 2002/56/CE del Consejo en lo que se refiere a las condiciones mínimas que deben cumplir las patatas de siembra y los lotes de patatas de siembra.
http://www.besana.es/sites/default/files/dir2013-63-52-54.pdf
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