Estas ayudas se engloban en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía.
La Consejería de Agricultura y Pesca ha establecido una línea de
ayudas para la primera instalación de jóvenes agricultores y
agricultoras y para la modernización de explotaciones agrarias en
Andalucía. Las subvenciones entrarán en vigor a partir de mañana tras
la publicación en el BOJA de la Orden que la regula.
Estas ayudas, que se engloban en el Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía con el objetivo de aumentar la competitividad en el sector
agrícola y forestal, está cofinanciado con fondos Feader, y suponen la
continuación de las políticas llevadas a cabo por la Consejería de
Agricultura y Pesca para mejorar la producción y la calidad de
plantones de hortalizas y plantas de vivero, la adquisición de
maquinaria y equipos agrícolas que supongan una innovación tecnológica,
facilitar el traslado de las explotaciones ganaderas fuera de los
cascos urbanos, modernizar las explotaciones agrícolas y la primera
instalación de jóvenes agricultores. Con la norma que se publica en
el BOJA, se consolida y unifica todo este abanico de ayudas,
simplificando así la tramitación administrativa.
El 35% serán jóvenes agricultores
Respecto a las ayudas a nuevas instalaciones de jóvenes
agricultores, la Orden establece que los beneficiarios deberán ser
menores de 40 años para garantizar así el relevo generacional, ya que
en la actualidad el 58% de los titulares de explotaciones agrarias
supera los 55 años y sólo un 7% es menor de 35 años. Con estas ayudas
se pretende facilitar su acceso a la primera instalación agraria a los
andaluces entre los 18 y los 40 años, que suponen el 35% de la
población andaluza.
La Orden amplia el rango de opciones para poder acceder a las ayudas
a primera instalación de jóvenes agricultores posibilitando también en
esta norma la instalación de jóvenes al frente de una instalación
agraria sin necesidad de centrarse exclusivamente en la generación de
rentas agrarias. En este sentido, se posibilita la acreditación
posterior a la a la percepción de la ayuda de dicha generación de
rentas agrarias.
Entre los requisitos para poder optar a estas subvenciones, además
de la edad, se encuentran que la explotación agraria se ubique al menos
en un 50% en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que las inversiones
mejoren el rendimiento de la explotación y que no hayan iniciado su
actividad antes de la solicitud de la ayuda, además de poseer el nivel
de capacitación suficiente para poner en marcha una explotación
agraria. Deberá presentarse un plan empresarial y el compromiso de
ejercer esta actividad y mantener las inversiones objeto de la ayuda
durante al menos 5 años desde la fecha del pago de las mismas.
Por otro lado, las ayudas a la modernización de explotaciones
agrarias también queda regulada en la Orden estableciéndose también que
la mayoría de la superficie de la explotación esté ubicada en
territorio andaluz, que se mantenga la actividad e inversiones objeto
de las ayudas por un periodo no inferior a 5 años y que los
beneficiarios sean menores de 65 años.
La cuantía de las ayudas, en el caso de nuevas instalaciones de
jóvenes agricultores, consistirá en una bonificación de intereses con
una reducción total o parcial del tipo de interés de los préstamos, una
prima única o una combinación de ambas fórmulas. A este respecto, la
cuantía máxima de la ayuda por prima única será de 40.000 euros, al
igual que en el caso de las bonificaciones de intereses (que no podrá
superar el valor de capitalización de 40.000 euros); mientras que si se
opta por una combinación de prima más bonificación, el importe máximo
no podrá superar los 70.000 euros. Cantidades que se reducirían en un
40% en el caso de explotaciones no prioritarias.
Respecto a las subvenciones para modernización de explotaciones
agrarias, se establece un máximo de 900.000 euros por explotación para
personas jurídicas, y de 300.000 euros por explotación para personas
físicas y asociaciones sin personalidad jurídica; si bien la intensidad
máxima de la ayuda será del 40% de la inversión subvencionable en
términos generales, a los que se podrá sumar un 10% en el caso de que
se trate de jóvenes agricultores, y hasta otro 10% atendiendo a la
ubicación de la explotación.