Incrementar el nivel de cualificación de agricultores, técnicos y trabajadores agrarios para mejorar su inserción en el medio rural.
Actividades de divulgación y transferencia (charlas, seminarios jornadas, demostraciones de resultados, etc.) y de formación dentro del sector agrario y alimentario.
Gastos de funcionamiento y gestión entre los que se podrán incluir la adquisición de nuevas tecnologías en informática, comunicación e información.
Organizaciones Profesionales Agrarias y las Federaciones de Cooperativas Agrarias de Andalucía.
Entidades representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural.
Resolución de 27 de enero de 2005, de la Viceconsejería, por la que se convocan, para el año 2005, ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas y Entidades representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural con ámbito de actuación en Andalucía, previstas en la Orden que se cita.
RES2005-17.pdf [1]
ORDEN de 21 de abril de 2003, por la que se regula la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas Agrarias y Entidades representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural, con ámbito de actuación en Andalucía.
ORD2003-9046-9049.pdf [2]
Resolución de 19 de noviembre de 2003, de la Viceconsejería, por la que se convocan, para elaño 2004, ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas y entidades representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural con ámbito de actuación en Andalucía, previstas en la Orden que se cita
RES2003-25926-25927.pdf [3]
Orden de 28 de junio de 2001, por la que se regula la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias y a las Federaciones de Cooperativas Agrarias, con ámbito de actuación en Andalucía, para facilitar su funcionamiento y gestión así como para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencia de tecnología agraria, y se efectúa convocatoria de las mismas para el año 2001. (BOJA 79, 12-06-2003)
ORD28junio2001.pdf [4]
Orden de 23 de octubre de 1997, por la que se regula la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias con ámbito de actuación en Andalucía para el desarrollo de actividades de divulgación y transferencia de tecnología agrarias. (BOJA 127, 30-10-1997)
ORD23oct1997.pdf [5]
Orden de 15 de noviembre de 2001, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se abre un nuevo plazo de solicitud de ayudas y se modifica la de 28 de junio de 2001, por la que se regula la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y a las federaciones de cooperativas agrarias ... (BOJA 134, 20-11-2001)
ORD15nov2001.pdf [6]
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOJA.
La cuantía se establecerá cada año de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes. La cuantía de ayudas a conceder podrá alcanzar el importe total del presupuesto de realización de las actuaciones que sean aprobadas.
Se dirigirán al Viceconsejero de Agricultura y Pesca, y se presentarán preferentemente en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Pesca (C/. Tabladilla, s/n. 41071. Sevilla) o en los lugares y por los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Entre la documentación a aportar figura la memoria de las actividades a realizar, con una descripción detallada de las mismas, calendario de ejecución, recursos materiales y humanos y presupuesto solicitado.