En razón a su interés científico y de investigación, se declaran Reservas Integrales de interés zoológico las lagunas de Medina, Salada y Dulce de Zorrilla, Hondilla, Jeli, Montellano, Taraje, Comisario, San Antonio, Salada de El Puerto de Santa María, Juncosa y Chica, cuyos límites son los que se especifican en el Anexo I de esta Ley.
Asimismo, se establece para las mismas un régimen jurídico especial de protección, según lo establecido en el artículo 2 de la Ley 15/1975, de 2 de mayo3, en orden a la protección, conservación y mejora de la integridad de la gea, fauna, flora, aguas y atmósfera, y, en definitiva, del conjunto de los ecosistemas de las citadas Reservas Integrales.
Ley 2/1987, de 2 de abril, de declaración de Doce Lagunas como Reservas Integrales Zoológicas en la provincia de Cádiz.
http://www.besana.es/sites/default/files/ley1987-2-1-7.pdf
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