La orden publicada ayer establece condiciones relacionadas con los porcentajes de cuota de pesca de merluza en algunos caladeros
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha modificado la regulación de la pesca de especies demersales y profundas con palangre de fondo, en caladeros no españoles, con el objetivo de "ajustar" ese tipo de flota, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En concreto, ha cambiado una normativa de 1998, porque a la vista de la evolución de las pesquerías y en el marco de las cuotas, "resulta necesario" adecuar la capacidad de la flota a las posibilidades de pesca.
Por ello, según el Ministerio, es una prioridad "el desguace de parte de la flota del caladero nacional" y, en consecuencia, el ajuste de los buques palangreros menores de 100 TRB (toneladas de registro bruto) tendrá que proceder de la venta de las posibilidades de pesca de cada barco.
La orden establece condiciones relacionadas con los porcentajes de cuota de pesca de merluza en algunos caladeros de los considerados del "norte", como los de las aguas no españolas del Golfo de Vizcaya.
Elimina asimismo "techos de acumulación" de la regulación anterior y establece condiciones de cambio de caladero y la distribución de cuotas sobrantes.