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Admiten el recurso contra la orden del reparto de cuotas del Golfo de Cádiz

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16 de Diciembre de 2013
Redacción
Entienden que la orden debe ser revocada en base a dos aspectos, el primero por el reparto de la especie del boquerón y, el segundo por la obligación de que las embarcaciones tengan que estar paradas de forma continuada 58 horas

El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha admitido a trámite el recurso presentado por los Ayuntamientos de Isla Cristina y Punta Umbría (Huelva), en representación del sector, contra la orden ministerial que regula el reparto de capturas en el Golfo de Cádiz.

Juan Luis Serrano, asesor jurídico del sector, ha explicado que el juzgado, como primera medida ha dado a ambas entidades de plazo hasta el 30 de diciembre para presentar alegaciones al expediente administrativo de dicha orden, tras lo cual, se pronunciará sobre las medidas cautelares solicitadas. En ese expediente el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente justifica lo recogido en la nueva regulación, en vigor desde el pasado 18 de abril.

Serrano ha adelantado que "con casi total seguridad no se alegará pues ya se conoce el contenido y lo rechazamos" por eso lo que solicitan es la suspensión cautelar de esta orden hasta que se resuelva sobre su posible impugnación que basan en "las importantes pérdidas económicas que supone para los municipios".

Entienden que la orden debe ser revocada en base a dos aspectos, el primero por el reparto de la especie del boquerón y, el segundo por la obligación de que las embarcaciones tengan que estar paradas de forma continuada 58 horas.

En este sentido, los pescadores consideran que en el reparto realizado por el Gobierno se han usado datos con los que no están de acuerdo y entienden que son "erróneos" y "sólo benefician al puerto gaditano de Barbate" pues se priman criterios históricos frente a lineales.

Según la orden en vigor al puerto de Isla Cristina le corresponde un 18 % de las capturas en el Golfo de Cádiz y al de Punta Umbría un 24 %, frente al 43 % que se lleva Barbate, a pesar de que ambos puertos cuentan con más embarcaciones.

Asimismo, rechazan la orden porque no recoge la petición del sector que entiende que el tiempo máximo de parada continua a la semana ha de ser de 56 horas, es decir desde las 14.00 horas del viernes hasta las 22:00 horas del domingo, y no hasta las 00:00 horas como ahora está establecido.

Jueves, 27 de Junio de 2024
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